ESPECIAL RENTA

Obligación de la declaración de la Renta

Noticia

Persona que percibe dos pensiones del INSS, jubilación y viudedad, por un importe total de ambas de 13.048 €, rendimientos de capital mobiliario 314,83 y renta inmobiliaria 21,56 ¿está obligada a hacer la declaración de la Renta?

f2a3e158-3fbf-400c-8891-30f96b585504

  En relación a esta consulta nos faltan muchos datos y por tanto vamos a tratar de cubrir las tres posibles respuestas: PRIMERA.- Supongamos que una de las pensiones no supera los 1.500 euros ANUALES, y hasta los 13.048 el resto es de la otra pensión. Si fuera esta la situación NO estaría obligado a presentar declaración ya que el límite de Rendimientos del Trabajo sería 22.000 (lo cumpliría), el límite de Rendimientos del Capital Mobiliario 1.600 (lo cumpliría) y el límite de Renta Inmobiliaria Imputada sería 1.000 (lo cumpliría). SEGUNDA.- Supongamos ahora que las dos pensiones superan individualmente los 1.500 euros ANUALES. Si es este el caso (que es lo que parece) entonces el límite de Rendimientos del Trabajo bajaría a 12.000 y por tanto ya ESTARÍA OBLIGADO A PRESENTAR la declaración, salvo que se cumpla lo que a continuación decimos en la TERCERA respuesta. TERCERA.- Si las dos pensiones superan los 1.500 euros anuales la única posibilidad de seguir considerando el límite de los 22.000 euros de Rendimientos del Trabajo es que el contribuyente haya solicitado expresamente a la Agencia Tributaria la aplicación del tipo de retención según lo que establece el Artículo 89 del Reglamento, es decir, que haya pedido a la Agencia Tributaria que le calcule su tipo de retención que le correspondería efectivamente según las dos pensiones que tiene y posteriormente el contribuyente hubiera comunicado estos dos tipos de retención a sus pagadores. Si no se ha producido este caso no se puede aplicar esta TERCERA OPCIÓN y por tanto ESTARÍA OBLIGADO A PRESENTAR la declaración Si deseas más información, consulta nuestro Especial Renta 2015. Además, te ofrecemos la posibilidad de acceder a otras consultas resueltas sobre la materia haciendo clic aquí.