Tras el pellizco que para pagar la mensualidad extraordinaria de las pensiones se ha tenido que dar al fondo de reserva de las mismas, vuelve la polémica de la reforma de nuestro sistema de protección social. Se apuntan algunas posibles medidas que van desde aumentar el porcentaje de las cotizaciones a reducir los importes de las prestaciones, o crear un nuevo impuesto que ayudase a su financiación. Pero todas tienen inconvenientes. Aumentar el porcentaje de las cotizaciones sería contraproducente para la creación de empleo y para el mantenimiento de pequeñas empresas, que necesitan incluso que les fuera reducido el actual. Cosa, esta última (bajar las cotizaciones) que obligaría a mayor financiación vía impuestos, lo cual podría hacerse si el ahorro que con ello tuvieran las empresas lo convirtieran en una mayor salario de sus empleados. Así el coste de la producción vendría a ser el mismo, pero los trabajadores tendrían mayor poder adquisitivo y consumirían más dando ocasión de más trabajo para las industrias, a la vez que el Estado recaudaría más impuestos indirectos para poder dedicar en sus presupuestos mayor partida para la Seguridad Social, cuya recaudación, además, no se reduciría mucho, pues el menor porcentaje de cotización se aplicaría sobre salarios más altos. De manera que el coste social para las empresas sería como el actual pero, como queda escrito, su producción podría aumentar. Con la reducción de cotizaciones, además, se podían eliminar algunas bonificaciones que existen en las actuales encaminadas a facilitar la creación de empleo.
También se habla de crear un impuesto específico para la financiación de las pensiones, solución que no es nueva, pues para la financiación del Régimen Especial Agrario ya se crearon hace muchos años los impuestos sobre el alcohol y el tabaco, a la vez que otro sobre jornadas teóricas a los propietarios de tierras de labor. No obstante lo cual, esa idea se podría aplicar, sin gravar más a los contribuyentes, pasando parte de lo recaudado por el IRPF a las arcas de la Seguridad Social. Me explico: que parte de las retenciones resultantes de aplicar la Ley del IRPF en los recibos de salarios siguieran su cauce actual (por ejemplo, las resultantes de retribuciones mensuales inferiores a seis mil euros) y el resto a la financiación del Sistema de Pensiones.
Otra idea que se baraja es eliminar el tope máximo de cotización, situado ahora en 3.642 euros mensuales, pero eso no sería entendible por quienes tienen salarios más altos y saben que, aun cotizando por mucho más que ahora, la pensión máxima que podrían obtener sería muy inferior a la base reguladora de la misma. Aparte de que la gran parte de las cotizaciones que se pagasen irían a cargo de las empresas, perjudicando la economía de éstas. Por lo que sería más aceptable para los mismos la solución ya apuntada de que parte de lo que se les retiene del salario fuera a incrementar lo reservado para pensiones y así tener más esperanza de que el futuro de éstas no peligra. Y la que debe desecharse totalmente, al menos por ahora, es la reducción del importe de las pensiones iniciales, pues ya está previsto que eso ocurra a partir de 2019, cuando en el cálculo de las mismas se aplique el factor de expectativa de vida del beneficiario.
Lo que sí podría plantearse es congelar el tope máximo de pensión durante varios años, como ya ocurrió a partir de la Ley de medidas urgentes para la racionalización de la estructura y de la acción protectora de la Seguridad Social, que entró en vigor el día 1 de agosto de 1985, siendo la reforma más importante hecha en el sistema. Y lo que parece muy razonable es que las pensiones derivadas de la muerte del causante de las mismas sean financiadas vía impuestos, especialmente porque las modificaciones que por conveniencia política se han hecho en su normativa respecto a la que motivó su creación constituye un importante desembolso en el presupuesto del sistema.
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