El alto tribunal ha estimado en parte el recurso presentado contra la sentencia de la Audiencia por la madre de las dos menores y el Ministerio Fiscal.
El TSXG destaca que los abusos sucedieron en presencia de la hija del acusado, pues dormía en la misma cama que su hermanastra, "y durante un considerable lapso de tiempo que, en el mejor de los casos, posibilita que la menor pudiera apreciar lo que ocurría".
El tribunal recuerda que la patria potestad implica, entre otros aspectos, "velar por los hijos, educarlos y procurarles una formación integral". Por ello, considera que los hechos declarados probados en la sentencia son "incompatibles con el ejercicio de la patria potestad".
Sube la indemnización
Además, la Sala de lo Civil y Penal ha aumentado de 15.400 a 37.198 la indemnización que debe abonar a la víctima.
"Se trata de hechos muy graves, que han sido resignadamente soportados durante mucho tiempo y cuya reparación, a estas alturas, no tiene otro componente que la compensación moral que se corresponda con una indemnización que proceda de tales elementos", explican los jueces.
Sentencia
El hombre fue condenado al considerar probado en su día el tribunal que, entre 2017 y septiembre de 2018 el procesado "de forma indeterminada pero continuada, durante todas las semanas", se colocaba al lado de su hijastra --que compartía cama con su hija biológica-- "con una clara intención sexual".
A ese respecto, se argumentó que no precisaba de "fuerza especial" para controlar a la menor y cometer los abusos. Los hechos se prolongaron desde 2017 hasta el 17 de septiembre de 2018, cuando mantuvo una discusión con su mujer debido a las manchas de semen que esta había encontrado en la sábana de la cama de las niñas y abandonó el domicilio.
Al día siguiente, volvió al lugar tras ser contactado por su esposa, que buscaba que explicase lo que había sucedido. Así, el tribunal ha relatado que esta grabó la conversación con su teléfono móvil y que, durante la misma, el procesado, "señala que se trataba de juegos que hacía con la niña y que era la primera vez" que había actuado de ese modo.
En el resumen de hechos probados, los magistrados también apuntan que la menor precisó tratamiento psicológico e indican que su padrastro permaneció en prisión provisional desde septiembre de 2018, tiempo que se le descontará de la condena.