“Ha existido una compraventa y la demandante ha demostrado que cuando el cachorro llegó no estaba bien y un veterinario ha certificado la existencia de una anemia y de dos problemas congénitos que precisan intervención quirúrgica”, indica la jueza, al tiempo que destaca que el demandado sabía que existían esos problemas cuando envió desde Andalucía el perro a A Coruña en agosto de 2020. “Ha de asumir las consecuencias de sus actos, indemnizando a la demandante con el coste de todos los gastos veterinarios que reclama”, explica la magistrada, quien subraya que “en modo alguno” es argumentable “un transcurso de plazos o una inoperatividad de garantías frente a quien, como consumidor, adquiere un perro”.
La titular del Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña asegura en la resolución que la demandante, de haber sabido la situación en la que se encontraba el perro, “no lo hubiese comprado o hubiese pagado mucho menos por él, atendidos los problemas que tenía, no constatables para un consumidor medio, pero sí apreciables para quien se dedica a la cría de animales y para su veterinario de referencia”. Además, señala en la sentencia que la compra se realizó por internet, sin que la vecina de A Coruña se desplazase al criadero para escoger a su perro, “por lo que la confianza depositada en el vendedor aún es mayor”.
Desde el 28 de agosto de 2020, cuando la afectada presentó la demanda, la situación, según explica la jueza, ha cambiado, “ya que el cachorro está insertado en la familia y pendiente de las operaciones”, lo que motivó que la compradora “retirase todas las reclamaciones de su demanda, manifestando su voluntad de quedarse con el perro y reclamar únicamente los gastos veterinarios, un total de 660 euros”. La sentencia es firme, por lo que contra ella no cabe presentar recurso.