En una audiencia preliminar celebrada en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial para valorar una posible conformidad, la acusada ha reconocido los hechos y ha admitido la pena propuesta por el ministerio fiscal como autora de un delito de apropiación indebida.
Según los hechos que se han considerado probados, la acusada, que era la única disponente de la cuenta bancaria de sus padres, “con ánimo de obtener un beneficio patrimonial ilícito” llevó a cabo varios reintegros, que suman 22.000 euros, sin el consentimiento de los progenitores.
Los dos últimos, de 3.000 euros cada uno, tuvieron lugar el mismo día en que el padre falleció.
Añade la sentencia que la mujer “dispuso del dinero, que incorporó de manera ilícita a su patrimonio”, ya que “no consta que se haya destinado a gastos y necesidades” de los padres.
Tras denuncia presentada por su hermana, la acusada consignó judicialmente 22.000 euros, dándose la perjudicada por resarcida. Ahora, el tribunal ordena que ese dinero sea entregado a la denunciante.
Tras declarar la firmeza de la sentencia, el tribunal acordó suspender la pena de prisión a la condenada a condición de que no vuelva a delinquir en un periodo de tres años.