Comercio electrónico transfronterizo

Acuerdo provisional sobre las propuestas de la Comisión Europea relativas a la compraventa de bienes y al suministro de contenidos y servicios digitales

Noticia

El Parlamento Europeo y el Consejo han alcanzado un acuerdo provisional sobre las propuestas de la Comisión Europea de diciembre de 2015 relativas a la compraventa de bienes y al suministro de contenidos y servicios digitales

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Junto con el reglamento para acabar con el bloqueo geográfico injustificado, que entró en vigor en diciembre de 2018, el nuevo acuerdo sobre las normas contractuales digitales es el último logro de la estrategia para el mercado único digital, que reporta ventajas concretas a los ciudadanos y a las empresas.

Andrus Ansip, vicepresidenta responsable del Mercado Único Digital, y Věra Jourová, comisaria de Justicia, Consumidores e Igualdad de Género, han mostrado su satisfacción por el acuerdo indicando que "uno de los mayores beneficios del mercado único digital de la UE es que basta un clic para comprar bienes en cualquier país de la UE sin costes adicionales. Para las empresas, esto significa poder ofrecer productos, servicios y contenidos digitales en toda la UE y tener acceso a millones de clientes potenciales".

Asimismo, han destacado que gracias al acuerdo "los consumidores de toda la UE estarán mejor protegidos. Por ejemplo, cuando contenidos digitales como música o programas informáticos sean defectuosos, el consumidor podrá ahora recibir una compensación. También tendrán más tiempo para demostrar que un artículo adquirido era defectuoso en el momento de la compra. Cuando un producto sea defectuoso, las mismas posibilidades de compensación, como obtener un descuento o devolución, se aplicarán en toda la UE. En cuanto a las empresas, se beneficiarán de una mayor seguridad jurídica y de una competencia leal".

Próximos pasos

Los textos deben ser adoptados formalmente por el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE. Tras su adopción definitiva, el Reglamento se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea y entrará en vigor a los veinte días de su publicación.