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Aprobado un Anteproyecto de Ley para proteger a las personas que informen sobre corrupción

Noticia

El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de ley que regula la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y lucha contra la corrupción con el objeto de transponer la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión Europea (UE).

Canal de denuncias anteproyecto-img

El objeto de la directiva es proteger a todas aquellas personas que informen sobre corrupción o fraudes y violaciones del Derecho de la Unión Europea y del ordenamiento jurídico interno, mediante el establecimiento de canales protegidos de comunicaciones y la prohibición de cualquier represalia contra ellos.

Este anteproyecto de ley también abarca el resto de tipologías de delitos e infracciones administrativas, de tal manera que se configura como una herramienta para combatir cualquier quebranto económico contra la hacienda pública, así como aquellos aspectos que vulneren la seguridad y salud en el trabajo.

Esta directiva establece una regulación dirigida tanto al sector privado como público y dota de un sistema eficaz de protección a las personas que informan sobre irregularidades y corrupción. Con esta norma, cualquier ciudadano y cualquier funcionario público podrá denunciar las operaciones, subvenciones y adjudicaciones sospechosas que conozca en su ámbito laboral o profesional, y la legislación tendrá la obligación de ofrecerle una protección ante cualquier represalia en dicho ámbito, incluido su entorno si fuera necesario.

Esta trasposición tiene como objetivo ayudar a concienciar y aumentar las denuncias de prácticas irregulares, al crear un clima de confianza entre el informante y la administración, al tiempo que este nuevo mecanismo no sustituye las vías de denuncia existentes y se suma a las medidas antifraude de lucha contra la corrupción ya existentes.

Centinela Canal de Denuncias

El programa Centinela Canal de Denuncias de Lefebvre se basa en un proceso que defiende la cultura ética en el funcionamiento de las empresas e instituciones para que se cumplan con las normativas. Su software asegura un sistema de alerta y detección de irregularidades, almacena todos los procesos abiertos y finalizados, notifica de manera automática el seguimiento de denuncias y genera informes descargables para los usuarios.

En materia de seguridad, cuenta con el certificado de nivel alto de protección ISO 27001.

Diseñado por expertos en materia jurídica e informática, Centinela Canal de Denuncias ofrece la posibilidad de integrarse en el sistema de la empresa interesada mediante API.

Lefebvre ha creado este software recomendado para las empresas que desean agilidad en su día a día y quieren garantizar la seguridad y confidencialidad de sus procesos.

Cuestiones que aborda la Directiva

El nuevo anteproyecto establece, entre otras cuestiones, un régimen jurídico que garantiza la protección efectiva de aquellas personas que, tanto en el seno de organizaciones públicas como privadas, comuniquen información relativa a infracciones del Derecho de la Unión y del Derecho nacional.

También regula los sistemas internos de información, que se perfilan como cauce preferente dentro de la libertad del informante para elegir el canal a seguir según las circunstancias y los riesgos de represalias que considere, garantizando asimismo el respeto a la legislación específica en la materia y para distintos sectores como son el financiero, de seguros, de auditoría, de competencia o de mercados de valores.

Del mismo modo, establece la obligación de disponer de canales internos de información tanto para empresa, con más de 50 trabajadores, como para las personas jurídicas del sector privado que tengan entre 50 y 249 trabajadores y que así lo decidan, las cuales podrán compartir entre sí el sistema interno de información y los recursos destinados a la gestión y tramitación de las comunicaciones, tanto si la gestión del sistema se lleva a cabo por la propia entidad como si se ha externalizado, respetándose en todo caso las garantías previstas en esta ley.

Igualmente, estarán obligados a contar con un sistema interno de información todos los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, así como las fundaciones que dependan de estos, siempre que gestionen fondos públicos.

Sector público

En el sector público tendrán que contar con un sistema interno de interno de información las administraciones públicas que gestionan los servicios de la Seguridad Social, las universidades, las sociedades y fundaciones que integran el sector público, las corporaciones públicas y todos los órganos constitucionales, entre otros.

Del mismo modo, los municipios cuya población no supere los 10.000 habitantes podrán compartir medios para la recepción de informaciones con otros ayuntamientos, también de menor población, o con entidades supramunicipales si sus actividades se circunscriben al ámbito de la misma comunidad autónoma, aunque cada corporación local tenga un responsable de su sistema interno de información.

 

Consulta más sobre la materia en nuestro especial Canal de Denuncias.