En la votación de conjunto realizada tras la ratificación de enmiendas del Senado, necesaria en este caso por el carácter orgánico de la ley, alcanzó la mayoría absoluta necesaria (341 votos a favor y 2 abstenciones), según fuentes parlamentarias.
En el preámbulo del texto remitido por el Congreso de los Diputados al Senado se hace referencia a la necesidad de "mejorar la formación y adquisición de conocimientos en materia del principio de no discriminación por parte de los miembros de las carreras judicial y fiscal". Esta mejora comprende "el estudio y formación en el principio de igualdad entre mujeres y hombres, incluyendo medidas contra la violencia sobre la mujer y su aplicación con carácter transversal en el ámbito de la función jurisdiccional así como la perspectiva de género en la interpretación y aplicación de las normas". Esta formación específica será obligatoria en todas "las pruebas selectivas para el ingreso y la promoción en las carreras Judicial y Fiscal".
En cuanto al acceso a órganos judiciales especializados en violencia sobre la mujer, el Consejo General del Poder Judicial introducirá "pruebas selectivas de especialización en violencia sobre la mujer". Estas pruebas serán análogas a las que ya existen en la especialización mercantil o en infancia.
Por último, se busca también impulsar la especialización de los juzgados de lo Penal para "optimizar la respuesta institucional" y ya que en la actualidad solo 26 de los 345 juzgados de lo Penal se encuentran especializados en esta área.
Enmiendas del Senado
En cuanto a las enmiendas introducidas por el Senado, se propone en el apartado 6 del artículo 87 ter, que pide al Consejo General del Poder Judicial estudiar la necesidad o carencia de dependencias que impidan la confrontación de la víctima y el agresor, que esas dependencias sean "plenamente accesibles".
El Senado pide también que el informe sobre los datos relativos a la violencia de género, que elaborará el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, se remita tanto a la Comisión específica del Congreso de los Diputados y a la Comisión Especial de seguimiento y evaluación de los acuerdos del informe del Senado sobre las estrategias contra la Violencia de Género aprobadas en el marco del Pacto de Estado, comisión que se celebra en el Senado.
Las estadísticas que se incluyan en este informe del Observatorio deberán "poder desagregarse con un indicador de discapacidad de las víctimas" y establecer "un registro estadístico de los menores víctimas de violencia de género, que permita también la desagregación con indicador de discapacidad".
Además, el Gobierno "adoptará las medidas necesarias, en el ámbito de la Comisión de Estadística Judicial para que los boletines estadísticos elaborados en relación con los delitos de violencia sobre la mujer incluyan el indicador de discapacidad", que es la última enmienda que el Senado ha incluido y que se refleja en la Disposición Adicional Segunda.