El texto ha salido adelante con 19 votos a favor, 17 en contra y 1 abstención

Reforma penal del delito de sedición y de malversación

Noticia

La Comisión de Justicia del Congreso ha aprobado este martes la proposición de ley que suprime el delito de sedición y que incluye una reforma del delito de malversación pactada por PSOE y Esquerra Republicana (ERC).

Delitos de malversacion sedicion y desorden publico_img

Este martes la Comisión de Justicia ha dictaminado la Proposición de Ley Orgánica de transposición de directivas europeas y otras disposiciones para la adaptación de la legislación penal al ordenamiento de la Unión Europea, y reforma de los delitos contra la integridad moral, desórdenes públicos y contrabando de armas de doble uso.

La Comisión se ha celebrado después de que este lunes por la tarde el PSOE, Unidas Podemos y ERC aprobaran en una reunión los cambios propuestos por el Gobierno más la reforma del delito de malversación, que ahora queda ya incorporada a la ley que suprime el delito de sedición.

El texto recoge el informe de la ponencia, al que se han incluido dos enmiendas transaccionales. El resto de enmiendas vistas en comisión han sido rechazadas.

La iniciativa, presentada por los grupos Socialista y Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, propone modificar el Código Penal en los capítulos referentes a las estafas, la administración desleal, la alteración de precios en concursos y subastas públicas, delito de sedición y en materia de desórdenes públicos, entre otros asuntos.

También se incluye como delito contra la integridad moral a quienes oculten el paradero del cadáver de una persona, y se introduce cambios en la Ley Orgánica de Represión del Contrabando, en lo relativo a las armas de doble uso.

Asimismo, se suprime el Capítulo I del Título XXII del Código Penal, referente al delito de sedición y se modifica el Capítulo III, relativo a los desórdenes públicos. En este sentido, introduce como actos castigados con penas de prisión de seis meses a tres años los que, "actuando en grupo y con el fin de atentar contra la paz pública, ejecuten actos de violencia o intimidación" sobre las personas o las cosas, obstaculicen las vías públicas ocasionando un peligro para la vida o salud de las personas, o invadan instalaciones o edificios.

Modificaciones de la proposición de ley

Durante su trámite en ponencia, la proposición de ley orgánica fue modificada con la incorporación de enmiendas y correcciones técnicas al texto.

Entre las modificaciones se incluye la reforma del artículo 311 del Código Penal para añadir un nuevo párrafo que sanciona a quienes impongan condiciones ilegales a las personas trabajadoras mediante su contratación bajo fórmulas ajenas al contrato de trabajo o las mantengan en contra de requerimiento o sanción administrativa.

Además, se introduce "por primera vez en el ordenamiento jurídico español el delito de enriquecimiento ilícito", una figura para la lucha contra la corrupción.

Por otra parte, se modifica la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional en el sentido de suprimir la letra g) del apartado uno del artículo segundo, la letra i) del apartado 1 del artículo diez y se añade un tercer párrafo al apartado uno del artículo 16 con el siguiente tenor: "los magistrados o magistradas propuestas por el Consejo General del Poder Judicial y por el Gobierno se renovarán cada nueve años, de acuerdo con lo previsto en el artículo 159.3 de la Constitución. Si transcurridos nueve años y tres meses uno de estos dos órganos no ha realizado su propuesta, se procederá a la renovación de los dos magistrados o magistradas designados por el órgano que ha cumplido en tiempo su deber constitucional".