La Guía establece que el afectado, además de ponerse en contacto con el servicio de salud pública correspondiente y seguir sus instrucciones, deberá informar a sus superiores orgánicos -Tribunal Superior de Justicia, Secretaría de Gobierno, Fiscal Superior o Instituto de Medicina Legal- y a su entorno laboral más cercano, así como comunicar la situación de incapacidad temporal a través de los cauces respectivos.
Esa información será puesta en conocimiento de la Comisión Judicial de Seguimiento constituida en cada Comunidad Autónoma y presidida por el presidente del Tribunal Superior de Justicia, que la trasladará a las autoridades sanitarias competentes y a los delegados de prevención de riesgos laborales locales.
Al mismo tiempo, los responsables de cada cuerpo profesional (jueces, fiscales, forenses, funcionarios, etc) remitirán información urgente a su personal respectivo dándoles cuenta de lo sucedido y de las recomendaciones sanitarias en caso de haber tenido contacto estrecho o no estrecho con el afectado.
También deberán recabar la declaración responsable de las personas de su colectivo que hayan tenido contacto estrecho con la persona que haya dado positivo y remitir dicha relación al responsable de prevención del cuerpo correspondiente.
A continuación, la Comisión de Seguimiento ordenará la limpieza de la sede, mientras que el Tribunal Superior de Justicia dará instrucciones a los jueces decanos para la reorganización de los servicios afectados y adoptará las decisiones organizativas y gubernativas que procedan -como el refuerzo de plantillas o la habilitación de otras sedes- para la prestación de los servicios esenciales.
La Guía incluye dos anexos: uno sobre las actividades y el riesgo de exposición en el que se explica qué se entiende por contacto estrecho con un afectado por coronavirus y otro con el modelo de declaración responsable.
La Guía está disponible en la página web del Poder Judicial.