Se da por seguro que el presidente de lo Penal se presentará a una reelección sin apenas aspirantes al puesto

El CGPJ pone en marcha la convocatoria de la plaza en el TS de Marchena, quien finaliza mandato en octubre

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La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) incluye en el orden del día de la sesión de este jueves la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la convocatoria para cubrir la presidencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo -Sala Segunda- que actualmente ocupa el magistrado Manuel Marchena, quien cumplirá el próximo mes de octubre sus cinco años de mandato.

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En fuentes del alto tribunal se da por casi seguro que Marchena, que actualmente trabaja en la ponencia de la sentencia por el 'procés' independentista en Cataluña, se presentará a la reelección y no se esperan otros aspirantes al puesto, aunque esta posibilidad no es del todo descartada.

En todo caso, y una vez se produzca la publicación de la convocatoria, se establecerá un plazo de 20 días para que puedan presentarse los aspirantes a la plaza, una de las más prestigiosas de la Carrera por la trascendencia de las decisiones que se adoptan en la Sala Segunda, cúspide de la jurisdicción penal en España.

Una vez este plazo concluya, aquellos candidatos que pasen un primer filtro de requisitos formales deberán presentar su proyecto en una comparecencia pública ante la Comisión de Calificación del órgano de gobierno de los jueces, que se celebrará incluso si es Marchena el único candidato. Posteriormente, esta Comisión presentará una propuesta que será llevada al Pleno del Consejo.

El pasado mes de julio el CGPJ aprobó las bases que regirán la convocatoria y el proceso selectivo para la provisión de 16 cargos judiciales, entre ellas las correspondientes a la presidencia de la Sala Segunda.

Dichas bases, en cumplimiento de la Ley Orgánica del Poder Judicial (CGPJ) deben establecer de forma clara y separada cada uno de los méritos que se vayan a tener en consideración para ocupar el puesto, "diferenciando las aptitudes de excelencia jurisdiccional de las gubernativas, y los méritos comunes de los específicos" para el cargo.