La sentencia, que puede ser recurrida en suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, estima así parcialmente la demanda presentada por el sindicato CESM-CV.
El juez ha dictaminado que el incumplimiento de las medidas de prevención individual supuso “un grave riesgo para la seguridad y la salud de todos los trabajadores sanitarios, especialmente para el personal facultativo, por su exposición directa al riesgo de contagio que ha significado”.
Por esta razón, los médicos demandantes “tienen derecho a ser indemnizados por los daños y perjuicios personales y morales ocasionados”, añade.
El fallo recoge que la Conselleria infringió su obligación de protección “desde el conocimiento que se tenía de la existencia de una pandemia de Covid-19 y, especialmente, desde la declaración del estado de alarma”.
En esta línea, el juzgado condena a la Administración sanitaria a dotar a los trabajadores sanitarios de determinados equipos de protección frente al coronavirus, incluidos aquellos que prestan atención domiciliaria.
“Resumiendo, existe incumplimiento de normas de prevención y este incumplimiento causó un daño moral o inmaterial en perjuicio de los trabajadores”, señala el magistrado, daños entre los que figuran “el sufrimiento, la angustia, el dolor y la afectación de las relaciones familiares y sociales”.