La Sala le considera autor de un delito continuado de apropiación indebida y otro de deslealtad profesional y, además de la pena de prisión, le impone una multa de 4.800 euros y le prohíbe ejercer como abogado durante tres años y medio.
Deberá, igualmente, indemnizar al cliente engañado con más de 32.800 euros.
El Tribunal le absuelve del delito de blanqueo de capitales que le atribuía la Fiscalía.
La sentencia no es firme. Puede ser recurrida.