En su recurso, el acusado mantiene su inocencia y alega que no hay testigos ni pruebas directas que le vinculen con los hechos, además de que la situación le está causando un gran perjuicio a su honor y a su imagen personal y familiar.
La sentencia de instancia recoge que, tras el visionado de la grabación de las cámaras de seguridad en el juicio, se ve cómo el denunciado -quien se reconoce en las imágenes- se dirige al coche y lo rodea para pasar entre él y el que está a su lado. Además, en uno de los vídeos aparece llevando unas llaves en la mano y encontrarse justo en el lateral donde aparecen los daños. “Conforme a este bagaje probatorio, no directo, sino indiciario, la Juzgadora concluye de forma lógica y racional que el denunciado tuvo que ser el autor de los daños, siendo ésta la conclusión unívoca y unidireccional a que abocan las pruebas practicadas”, concluye el órgano provincial.
La sentencia es firme y no puede ser recurrida.
SAP Baleares de 31 julio de 2025. EDJ 2025/708007
