El juzgado de 1ª instancia nº 11 de Madrid ha condenado a Deutsche Bank a devolver 53.810,97€ a una pyme por haberle colocado irregularmente un swap. Los representantes de la pyme alegaron nulidad por vicio en el consentimiento: pretendían cubrirse contra el riesgo de subida de interés no contratar un producto financiero de riesgo. Así que el juez concluye que hubo "error en la formación de la voluntad y prestación del consentimiento".
La entidad no acreditó en el juicio haber ofrecido una información clara, precisa y comprensible. "El lenguaje bancario en gran medida es incomprensible para toda persona ajena al mundo financiero y bancario", señala el fallo, que considera que no se facilitó información "clara, precisa, veraz y suficiente" sobre las consecuencias del escenario de caídas de tipo de interés.
"La liquidación neta se expresa en porcentajes lo que no puede ser considerado como suficiente, claro, preciso y veraz", señala la sentencia. "Desgraciadamente muchas de las cláusulas y de las explicaciones ofrecidas son farragosas; que el cliente sea una empresa no significa que esté familiarizada con términos financieros complejos", apunta Juan Ignacio navas, socio-director de Navas & Cusí, despacho que ha dirigido la defensa.
Además, Deutsche Bank no realizó el preceptivo test de conveniencia hasta 4 meses después de firmarse el contrato. "Un incumplimiento de la directiva MiFID, pero sobre todo, un incumplimiento de su obligación de velar por los intereses del cliente como si fueran propios; y obviamente el swap no era conveniente ni idóneo para la pyme", señala Navas.
La sentencia también afea la falta de claridad de la redacción de la cláusula de cancelación anticipada del swap en la que se afirma que "el cliente deberá de abonar una cantidad significativa por la diferencia existente entre los pagos futuros al día de hoy". Para el socio-director de Navas & Cusí, "esa redacción se tradujo en 16.800€ que tuvo que pagar mi cliente para lo que necesito una póliza de crédito".
El fallo concluye que el banco no se comportó "como un ordenado empresario", obliga a Deutsche Bank a devolver los 16.800€ de cancelación más los 37.010,97€ de liquidaciones negativas y condena a la entidad a las costas. "La mala práctica bancaria siempre concluye con un reproche judicial; y eso debería de animar a las entidades a realizar su importante función social sin incurrir en errores que empañan la profesión", concluye Navas.