Con este incremento, el Gobierno cumple con el mandato del artículo 35 de la Constitución Española y con el compromiso adquirido con la ratificación de la Carta Social Europea.
Beneficios para las personas trabajadoras
El Salario Mínimo Interprofesional es la cuantía retributiva mínima que percibe el trabajador referida a la jornada legal de trabajo. Y se refiere al salario bruto de los trabajadores.
El nuevo SMI permitirá percibir a las personas trabajadoras beneficiarias 54 euros más al mes en cada una de las 14 pagas. Supone un 5% más que el fijado para el año 2023 y permitirá incrementar los ingresos anuales de las personas perceptoras de esta retribución en 756 euros.
Detalles de la norma
El Real decreto aprobado en el Consejo de Ministros especifica que las empleadas de hogar que trabajen por horas deberán percibir un mínimo de 8,87 euros por cada hora trabajada.
También establece la cuantía del salario mínimo interprofesional, con carácter general, para actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de las personas trabajadoras en 37,8 euros al día.
En el caso de las personas trabajadoras eventuales, así como de las temporeras y temporeros, cuyos servicios a una misma empresa no excedan de 120 días, la cuantía del salario no podrá ser inferior, en ningún caso, a 53,71 euros por jornada.