Entre las funciones del Presidente de la Comunidad de Propietarios se encuentra las siguientes; representar a la Comunidad en todos los asuntos que le afecte, convocar Junta ordinaria al menos una vez al año, presidir las Juntas tanto ordinarias como extraordinarias, instar las acciones judiciales que acuerde la Junta ordinaria, exigir el pago por vía judicial a los propietarios deudores, visar los gastos y presupuestos, hacer cumplir los acuerdos de la Junta etc.
Es decir, el Presidente ha de velar porque se cumplan los acuerdos alcanzados por la Junta de gobierno, no pudiendo variar los mismo, sino sólo ejecutarlos.