El tribunal desestima el recurso de casación interpuesto por los progenitores, en su propio nombre y como representantes legales de su hija, contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que fijó en 1.007.722 euros la indemnización que tenían que cobrar por daños y perjuicios. De este modo, incrementó en 200.000 euros la cantidad reconocida por la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León que estableció el pago de 807.722 euros.
En su recurso, solicitaban que se anulara la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León por no haber estimado íntegramente sus pretensiones. Esta petición es rechazada por la Sala que confirma en todos sus términos la sentencia recurrida, que decidió incrementar la indemnización en 200.000 euros al considerar que la cantidad establecida por la administración no garantizaba una reparación integral al haber excluido algunas cuestiones como la adaptación de la vivienda y del vehículo familiar o el pago de determinadas terapias (natación, fisioterapia, musicoterapia), que tendrían que ser abonadas para paliar en mejor medida los perjuicios acreditados.