El tribunal considera como hechos probados que, tras fallecer Ana F. M. el 6 de julio de 2013, su hijo Juan Manuel R. F. encomendó al ahora condenado, en su condición de letrado, la tramitación y liquidación de la testamentaría de su madre, entregándole en concepto de depósito la suma de 63.832 euros en metálico procedentes del caudal hereditario. Asimismo, Juan Manuel R. F. le encargó la venta de un vehículo de su propiedad y posterior entrega de la cantidad obtenida, siendo aceptadas por el acusado ambas encomiendas.
El procesado, actuando con la intención de obtener un ilícito enriquecimiento, en lugar de cumplir el encargo de tramitar y liquidar la testamentaría de Ana F. M., no lo llevó a cabo haciendo suya la cantidad recibida de 63.832 euros, al igual que la suma obtenida con la venta del citado vehículo, cuyo valor ha sido tasado en 1.450 euros.