Entrevista

Antonio Antón: "La funcionalidad del crowdfunding legal reside en la plasmación de la voluntad de la ciudadanía"

Entrevista
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Entrevistamos a Antonio Antón Blasco, CEO y Fundador de la plataforma de crowdfunding legal Justicia Colectiva.

- ¿Podría explicarnos cómo surge la idea de crear la plataforma Justicia Colectiva y para aquellos de nuestros lectores que aún no conozcan el crowdfunding legal, podría decirnos en qué consiste?

Todo empezó con la intención de renovar el sector de servicios jurídicos. Para ello, nos reunimos unos abogados con un informático muy sumergido en las innovaciones. En una de las conversaciones se juntaron los conceptos de abogado y de crowdfunding. No lo dejamos escapar. Desconocíamos completamente que existía este modelo de negocio o servicios. Nos pusimos a investigar y, de inmediato, comprobamos que en los países anglosajones se estaba implantando y que, en España, ya se habían llevado a cabo varios crowdfundings legales en las plataformas convencionales.

Al ver que no existía un crowdfunding especifico para causas legales, nos decidimos crear Justicia Colectiva para campañas con contenido social o medioambiental.

El crowdfunding legal, a nuestro entender, consiste en crear una campaña para su difusión por medio de Internet y obtener los fondos suficientes para sufragar los gastos que implica defender una causa legal o proteger un bien jurídico de una amenaza.

- Como primera plataforma española de crowdfunding legal ¿han contado con el apoyo de las instituciones o con alguna ayuda pública o subvención para afrontar el coste del proyecto?

No. Como Justicia Colectiva es una asociación, no hemos buscado ayuda institucional, ni privada. Creemos en los proyectos que vienen desde abajo, donde el esfuerzo es el valor añadido frente a la carencia de ingresos. Por otro lado, la aportación institucional puede condicionar nuestra actividad y tenemos en mente el crecimiento y, a ser posible, invertir parte de nuestro tiempo en mejorar ostensiblemente Justicia Colectiva o en novedosos proyectos que estamos actualmente conceptuando. No podemos crear trabas o limitaciones a las posibilidades que descubrimos diariamente.

- ¿A qué público y tipo de proyectos va destinada?

El público al que va destinado esta iniciativa es la sociedad en general. A cualquier persona que sienta la inclinación de proteger un derecho o una situación susceptible de amparo jurídico. Bajo este prisma, es evidente que las asociaciones destinadas a proteger un bien jurídico, son el principal usuario de un servicio de crowdfunding legal. Por su parte, los letrados son el máxime artífice en el crowdfunding legal porqué conocen el Derecho y saben cómo plantear una campaña y la defensa de una causa.

El crowdfunding legal permite al ciudadano dar una respuesta a todas aquellas situaciones o injusticias con las que se está disconforme.

Los proyectos que más nos seducen son los de índole social y medioambiental. En este sentido, nos enfrentamos a cuestión que puede ser pábulo de intensas discusiones, puesto que el crowdfunding legal puede ser tanto una herramienta social renovadora como conservadora.

- ¿Cuál es su modelo de negocio?

No creemos que se pueda hablar de modelo de negocio, porque el beneficio que se obtiene es ínfimo. Justicia Colectiva es una asociación que recibe un 5% del total reunido en una campaña, siempre y cuando, esa campaña alcance el objetivo establecido. En caso contrario, los importes donados se devuelven y no se realiza cargo alguno.

Si hacemos números, para llegar a facturar 50.000.-€, tendríamos que reunir 1 millón de euros entre todas las campañas. Sin duda alguna, pretender alcanzar esta cantidad es demasiado ambicioso.

Sin embargo, no nos conformamos con la implantación del crowdfunding legal en nuestro país, lo estamos exportando a otros países de habla hispana. La web ya ha sido clonada para algunos países Latinoamericanos. También, hemos iniciado conversaciones y negociaciones para su traducción e introducción en países europeos.

- Como start-up en el ámbito legaltech. ¿Qué opinión le merece la situación de las empresas legaltech en España?

En el marco jurídico nacional se están dando unas propuestas muy avanzadas y robotizadas. La problemática que surge, es la asimilación de estas novedades por los ciudadanos, a pesar de que son modelos absolutamente funcionales y simplificados.

Sin embargo, la confianza en Internet por parte de las personas no hace nada más que crecer. Buscar abogado por el boca a boca es cosa del pasado. El individuo va a decidir a quién contratar a través de la credibilidad de su web, su posicionamiento, sus valoraciones y, según el resto de variables que moldean Internet.

Otro de los desafíos a los que se enfrenta el sector legaltech es si desarrollar su negocio dentro del paradigma Google y con las .com o .es, o, dar el salto, presentando una propuesta integrada en blockchain. Proyectos como Ethereum, Bancor, Iota, Steem y otras muchas empresas, seguramente van a modificar nuestra forma de trabajar.

- ¿Considera que en nuestro país el crowdfunding debería contar con un instrumento normativo propio más desarrollado que el parco modelo regulatorio hoy existente?

Esta pregunta es un tanto controvertida, porque el crowdfunding hasta fecha reciente estaba totalmente desregularizado. Lo que significa que había libertad absoluta para implantar el modelo de crowdfunding que uno deseara. Ahora, existen limitaciones muy importantes para los crowdfundings que sirven como medio de inversión en proyectos capitalizados.

La introducción de la blockchain depara de nuevo la absoluta desregularización. Por el momento se desconoce si los estados van a poder regular un sistema encriptado y descentralizado.

El crowdfunding va a ser de los primeros sectores en renovarse y adaptarse a la cadena bloques. Esto es así, porque la blockchain proporciona una transparencia y seguridad desconocido hasta el momento. Las cuentas al ser públicos permitirá a cualquier interesado investigar a dónde se destinan las donaciones recolectadas.

- Respecto a la relación entre la plataforma justiciacolectiva.es y los abogados ¿supone ésta para aquellos un competidor en el ya saturado mercado de los servicios de asistencia jurídica?

No, todo lo contrario. Justicia Colectiva, sin duda alguna, es un medio para el desarrollo y evolución de la sociedad de forma pacífica y dentro de la legalidad. Dentro de este esquema de actuación, la figura del abogado es fundamental y necesaria para los casos judiciales.

Es por eso, que no creemos que Justicia Colectiva sea una plataforma competidora, sino un medio más que los letrados y otros profesionales pueden adoptar en sus estrategias de ampliación, difusión y publicidad de su despacho.

Los éxitos que puede cosechar un abogado por medio de las campañas legales, pueden tener una gran repercusión mediática y convertir a un profesional en un jurista de referencia. Además, tenemos incorporada una red social a modo de Facebook, muy útil y provechosa para los profesionales en la cual se pueden registrar muy fácilmente (https://justiciacolectiva.es/comunidad-legal).

- ¿Por qué las plataformas online de crowdfunding, legal y no legal, pueden resultar de interés a los despachos de abogados?

La funcionalidad del crowdfunding legal reside en que es la plasmación de la voluntad de la ciudadanía. A su vez, los crowdfundings destinados a proyectos empresariales, humanitarios o culturales, aportan los proyectos que reciben respaldo social, lo que es muy significativo.

Todo profesional que se precie, sabe que debe estar en la vanguardia de los acontecimientos si quiere dar una respuesta profesional adecuada y fiable.

El crowdfunding proporciona información de las tendencias de los grupos sociales, de las iniciativas que se respaldan y de los intereses que reciben una protección mayoritaria.

El abogado al participar en el crowdfunding legal, decide posicionarse en la vanguardia dejando atrás la retaguardia, en convertirse en un agente social frente al modelo profesional secular.

Para concluir me gustaría hacer mención de los otros componentes y creadores de la plataforma: D. Antonio Marco Troya y, D. Alex Llopart-Mascaró Cogswell.