Según el relato de hechos de la sentencia, notificada recientemente, el acusado, “con la idea preconcebida de obtener un beneficio económico ilícito”, formalizó un contrato de préstamo personal para la compra de un colchón por 1.896 euros, venta que hizo el acusado en el domicilio del anciano.
El comercial vendió un colchón al hombre cuando éste ya había comprado uno nuevo cuatro meses antes, también con financiación.
Conocida esta circunstancia, “le dijo que venía de parte de la misma empresa que le vendió el colchón unos meses antes y que le llevarían el anterior, pues estaba en garantía, y podía comprar el nuevo pagando solo 400 euros más”.
Así las cosas, “le hizo firmar un nuevo préstamo, que no resolvía el anterior y, por supuesto, no recogió ni mandó a nadie a recoger el primer colchón, al no ser verdad que se sustituía un pago por otro, pues realmente era una segunda financiación añadida a la primera”.
El acusado, que reconoció los hechos en el juicio, consignó antes de la celebración del mismo la cantidad de 2.995 euros, que se destinarán a indemnizar al anciano y a pagar los gastos del procedimiento.
La Audiencia dicta ahora sentencia que condena al comercial como autor de un delito de estafa con la concurrencia de la circunstancia atenuante de reparación del daño a la pena de nueve meses de prisión.