Su objetivo es derogar el plazo general de seis meses y el especial de dieciocho meses para las investigaciones expresamente declaradas complejas

El Pleno rechaza la devolución al Gobierno de la Proposición de Ley de derogación del plazo máximo previsto para la instrucción en la LECrim

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El Pleno del Congreso ha rechazado este miércoles la enmienda de totalidad de texto alternativo presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso a la Proposición de Ley de derogación del plazo máximo previsto para la instrucción en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, con una votación de 93 votos a favor, 247 en contra y 9 abstenciones.

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El trámite parlamentario de esta proposición de ley se inició el pasado 18 de febrero al superar el debate de toma en consideración. Esta iniciativa tiene como objetivo derogar el plazo general de seis meses y el especial de dieciocho meses para las investigaciones expresamente declaradas complejas, establecido en la Ley 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECRIM) para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales.

El grupo proponente argumenta que la limitación temporal "supone, en la práctica, una mayor inseguridad jurídica y abre indeseables espacios de impunidad". Además, argumenta que "acortar los plazos de investigación sin incrementar los medios equivale a serias dificultades para que la investigación de delitos se complete en los plazos previstos".

Por lo tanto, la proposición de ley plantea la derogación del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal relativo a los plazos de las diligencias de instrucción. Si completa todo el proceso legislativo, esta ley se aplicará a todos los procedimientos que se hallen en tramitación a su entrada en vigor.

Enmienda de totalidad

En su texto alternativo a esta iniciativa, el Grupo Parlamentario Popular propone la modificación del artículo 324 del Real Decreto, de 14 de septiembre de 1882, por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal, introduciendo, entre otras, las siguientes medidas: "Las diligencias de instrucción se practicarán durante el plazo máximo de seis meses desde la fecha del auto de incoación del sumario o de las diligencias previas. No obstante, un mes antes de la expiración de ese plazo, el instructor se dirigirá al Ministerio Fiscal para contrastar el estado de las actuaciones. Si la instrucción es declarada compleja o prorrogable, el plazo de duración de la misma será de dieciocho meses".

Con el rechazo de esta enmienda a la totalidad, la proposición de ley continúa con su tramitación parlamentaria, de modo que las enmiendas al articulado presentadas por los grupos parlamentarios se estudiarán en ponencia y posteriormente en la Comisión de Justicia, que votará las propuestas de modificación y las recogerá en el dictamen que será remitido al Senado.