Entre las cuestiones pendientes, y tras reconocer los “muchísimos avances” realizados en los últimos años en esta jurisdicción especial, Lesmes ha citado la implantación de la doble instancia en materia penal en la justicia castrense, ya generalizada en la jurisdicción ordinaria.
También se ha referido a la atribución a la Sala Quinta del Tribunal Supremo del enjuiciamiento de todas las cuestiones que atañen a la Carrera del Militar, “debido a la muy especial trascendencia que para estos profesionales tiene la aplicación del régimen de personal, arrebatando así dicha función a lo Contencioso-Administrativo, que a su vez vería aligerada su carga de trabajo”.
Especialidad de la jurisdicción castrense
Lesmes, que ha recordado asimismo que sigue pendiente desde hace ya dos años la presentación por parte del Ejecutivo de un proyecto de ley de reforma de la vigente Ley Orgánica de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar de 1987, ha destacado el importante paso adelante que supuso la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobada en 2015 con la inclusión de esta jurisdicción dentro del Poder Judicial y los avances que, desde entonces, se han realizado en su ámbito.
La militar es, ha afirmado, una jurisdicción con características propias y especialidades evidentes que desde hace cuatro años está adecuadamente articulada en el armazón del Poder Judicial: “Ya no cabe duda alguna respecto de la vinculación de la Jurisdicción Militar, con sus singularidades consustanciales, con el Poder Judicial”, ha afirmado.
La especialidad de la Jurisdicción castrense, ha dicho el presidente del TS y del CGPJ, se basa no sólo en la naturaleza del derecho que se aplica, sino también en los sujetos cuyos intereses y acciones tutela. Los militares, sometidos a los principios de jerarquía, unidad y disciplina, son servidores públicos que “restringen por propia elección el ejercicio de sus derechos y libertades en beneficio de la Patria”.
“Son hombres y mujeres –ha añadido- cuya misión es garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional, así como proteger tanto nuestra seguridad como la de nuestros aliados internacionales”, además de encargarse de tareas tan loables como el mantenimiento de la paz y de la ayuda humanitaria. Son servidores públicos distintos al resto y, por ello, debe serlo también su Jurisdicción, ha concluido Lesmes.
La Justicia, principal herramienta en defensa de la Constitución
El presidente del Tribunal Supremo y del órgano de gobierno de los jueces se ha referido también a la situación de Cataluña y se ha reafirmado en que, en momentos “de zozobra e indeterminación” como el presente, las acciones del Estado deben llevarse a cabo exclusivamente desde “el pleno respeto a la legalidad y desde el Estado de Derecho, como pilares inmutables sobre los que se asienta la convivencia pacífica de los ciudadanos”.
Lesmes ha atribuido a una parte “exigua” de la sociedad los incidentes ocurridos desde que se hiciera pública la sentencia del ‘procés’; incidentes con los que se pretende “quebrar mediante la fuerza y la violencia el modelo de convivencia sobre el que se asientan los principios básicos de nuestra sociedad, los pilares de la España constitucional, que no son otros sino el respeto a la ley y a los derechos y libertades de los demás”.
El presidente del Poder Judicial ha afirmado que “únicamente con la firmeza de nuestras convicciones en los valores democráticos, así como en la efectividad del pleno sometimiento a la ley” tanto por parte de los ciudadanos como “por parte de los diversos poderes del Estado”, puede “una sociedad superar las distintas dificultades y desafíos que se le van planteando en cada periodo histórico”.
Todos los servidores públicos, “desde su posición en el engranaje que conforma al Estado”, tienen un importante papel que jugar en defensa de la Constitución de 1978, ha añadido Lesmes, que ha concluido pidiendo que se preste especial atención “a la importancia que tiene la Justicia como principal herramienta de la que se sirve la sociedad para garantizar la supremacía de la ley y la tutela de los derechos individuales y colectivos”.