Entrevistamos a Lola Heras y Daniel Blanco, dos de los responsables del área de negocio de Corporate Compliance en Auren
Recientemente conocíamos la noticia de que el equipo de Seguridad Industrial y Consultoría de la Auren asesorará a Nestlé para el cumplimiento de los requisitos de la Directiva de Máquinas con ocasión de haberle sido confiada la realización de la homologación CE de su producción de café soluble en la nueva fábrica de Girona. Esto nos plantea cómo el término Compliance es mucho más amplio y comprensivo de lo esperado, yendo mucho más allá de velar por el mero cumplimiento de la normativa para evitar incurrir en responsabilidades penales por parte de las empresas y corporaciones.
- ¿Cómo nos definirían el Corporate Compliance?
En sentido amplio el Corporate Compliance se equipara al cumplimiento normativo o regulatorio, es decir, la debida observancia por parte de la organización de todas aquellas normas, ya sean generales o sectoriales, que regulan su actuación, así como las directrices de comportamiento interno que voluntariamente haya asumido en su Código de Conducta.
El Compliance Penal tiene un ámbito más restringido, ya que pone el foco en la prevención y detección de aquellos delitos que determinan la responsabilidad de la persona jurídica y el riesgo asociado a los mismos. El cumplimiento exige definir las normas de comportamiento interno, que abarcan tanto el cumplimiento legal, como el marco ético, que a su vez conlleva la implantación de controles internos y la supervisión de la adecuación de estos a la evolución de la propia empresa. Todo ello contribuye a generar una cultura en la empresa de adhesión a dichos principios éticos y de conducta.
- En su opinión, ¿el caso Volkswagen podría haberse evitado de haber mediado una correcta y eficaz implementación de políticas y controles de Corporate Compliance?
El Código de Conducta de Volkswagen recoge los compromisos de la compañía en estos aspectos de forma taxativa, por lo que la política al respecto es adecuada. El fallo, por tanto, se ha debido a la incorrecta implementación de los procedimientos o controles existentes, pues si algo ha quedado en evidencia, es que los mismos han podido ser obviados intencionadamente por determinados integrantes de la organización. Volkswagen tendrá que acreditar que contaba con la debida supervisión y justificar porqué los controles implantados no detectaron estas conductas irregulares.
- Auren impulsa su área de Corporate Compliance multidisciplinar, ¿podría explicarnos en qué consiste?
En Auren consideramos que la implementación de un programa eficaz de Compliance Penal no solo requiere de conocimientos jurídicos, sino también de la metodología propia de la consultoría, como es la utilizada en la elaboración de mapas de riesgos, la revisión de procedimientos de actuación y de toma de decisiones, que se abordan con mayor rigor desde la perspectiva de la gestión que tiene este área en aspectos como la calidad, la seguridad informática o el medioambiente. Por ello, en Auren hemos formado equipos con este enfoque, combinando el análisis legal con la metodología de implantación y revisión de procesos en la empresa. Esto nos da una visión 360º de los riesgos existentes, de los controles implantados y de aquellos que se deben definir.
- ¿Cómo considera que anda España en cuanto a cultura de cumplimiento normativo en el ámbito de las empresas y resto de organizaciones? ¿Qué medidas propondría a la Administración y al Legislador para potenciarla?
En las grandes compañías del IBEX y en muchas de las empresas cotizadas, el cumplimiento normativo está implementado y las organizaciones lo tienen interiorizado. No sucede lo mismo en las pymes españolas, que no olvidemos suponen más del 95% del tejido empresarial, por una mera cuestión de falta de estructura y, en muchas ocasiones, de conocimiento de las implicaciones que tienen las modificaciones legislativas que les son aplicables.
Otro dato a tener en cuenta es la voluntariedad de estos programas y la percepción -muchas veces errónea- de las organizaciones, que ven como una posibilidad remota la comisión en su seno de una conducta delictiva. Evidentemente, en el momento en que se dicten las primeras sentencias condenatorias, las empresas se replantearán su postura y prestarán más atención.
En España, la cultura de cumplimiento está asociada a las sanciones. Así ha sucedido en aspectos como la protección de datos o la prevención de riesgos laborales. Sin duda, debería haber una labor de concienciación e información por parte de la Administración, que incentive la apuesta por el cumplimiento para que vaya calando en las empresas y que estas asuman que los negocios deben realizarse de forma ética, legal y transparente.
- Para una empresa, entidad o corporación ¿cuáles son las razones que justifican realizar periódicamente una auditoría legal de Corporate Compliance y hasta qué punto contar con la compliance supone para una empresa una muestra de calidad de cara a sus clientes y un elemento y valor diferencial frente a sus competidores?
Las auditorías son necesarias desde varios puntos de vista: primero porque al saberse supervisado incluye en sus tareas y procesos la realización de los controles definidos para asegurar el cumplimiento normativo, integrándolos en el día a día. En segundo lugar, la opinión de un tercero, que no ha estado involucrado en la definición de los controles ni en su ejecución, le aporta objetividad y le permite valorar errores y proponer mejoras.
Si la organización que ha implementado un programa de Compliance quiere verificar la eficacia e idoneidad del mismo, nada mejor que permitir su revisión por un tercero independiente. No obstante, dado que nos encontramos ante sistemas que requieren una actualización y mejora continua, no debemos limitarnos a dejar en manos de terceros dicha responsabilidad, que debe ser asumida por la organización, fundamentalmente con el compromiso de la dirección. Obviamente tener un sistema de Compliance correctamente implantado aporta un elemento diferencial que influye, además, en los grupos de interés con que se relaciona la propia organización.
- ¿Se está dirigiendo Auren hacia un sector o perfil de empresa concreto?
Si bien estamos realizando implantaciones para todo tipo de empresas y organizaciones, acumulamos una mayor experiencia en el ámbito de las entidades no lucrativas, en las que además estamos ampliando el alcance del servicio, incluyendo la adaptación a los requisitos establecidos por la ley 19/2013 de Transparencia, ya que es perfectamente compatible la realización de ambos proyectos.
- Auren mantiene que entre sus objetivos seguidos en la prestación de sus servicios a sus clientes el de contribuir a la mejora en la gestión de sus empresas. A su entender y a modo de vaticinio ¿se atrevería a señalarnos en qué consistirán los nuevos servicios que ofrecerán los despachos de abogados a sus clientes corporativos (empresas principalmente)?
En Auren somos conscientes del valor que aporta ser un despacho multidisciplinar. Esto nos permite prestar apoyo a nuestros clientes en muchas de sus áreas de negocio, ya sea en el asesoramiento legal o tributario, la auditoría o la propia consultoría.
Lo cierto es que nuestro conocimiento del cliente nos permite detectar aquellos aspectos en los que nuestro trabajo aporta más valor y realizar propuestas cada vez más diversificadas, pero siempre enfocadas a sus necesidades, ya sean recurrentes o puntuales. En este sentido, la externalización de procesos por parte de las empresas casa perfectamente con nuestra vocación de orientación al cliente en cualquier aspecto de su negocio.
- ¿Cuál es el valor específico y exclusivo que aporta Auren a sus clientes en materia de Corporate Compliance? ¿Existe en ello “un ingrediente secreto”?
Consideramos que la utilización de la metodología propia del área de consultoría (gestión y verificación de procesos, análisis de riesgos, etc.), unida a la adecuada técnica jurídica y el conocimiento de muchos de los sectores de actividad empresarial y de sus peculiaridades, nos permite prestar un asesoramiento personalizado y adaptado a la dimensión de cada empresa, tanto en la implementación, como en el seguimiento y verificación de los programas de cumplimiento. La experiencia del equipo de trabajo es fundamental en este tipo de proyectos, pero si hay un “ingrediente diferenciador” que nos define, además del equipo multidisciplinar comentado anteriormente, es la proximidad con nuestros clientes.