La sentencia declara probada la participación en los hechos de otros dos acusados, uno de ellos fallecido

Tres años de prisión a un trabajador por apropiarse de palés de mercancía

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La Audiencia Provincial de Logroño ha confirmado la condena a tres años de prisión por un delito continuado de hurto al empleado de una empresa por apropiarse de un número relevante de palés de mercancía y tendrá que indemnizar a dicha mercantil con 683.351 euros en concepto de responsabilidad civil.

Hurto de palés por parte del trabajador_img

La resolución del Juzgado Penal nº 2 considera probada la participación de otros dos acusados, uno de ellos fallecido, condenando al tercero por un delito de receptación a 20 meses de cárcel y a 20 meses de multa con una cuota diaria de 8 euros.

La sentencia relata que el condenado, aprovechando su condición de trabajador de la empresa Heinz, en connivencia con el conductor de camión fallecido, se apropiaron de palés con género sin conocimiento de la empresa que depositaban posteriormente en naves industriales. Estas sustracciones tenían lugar, bien durante la entrada del camionero y justificada para la entrega de etiquetas o con entradas no justificadas en horarios de escasa presencia de personal, de comidas, de salida de jornada y fines de semana. Durante la investigación llevada a cabo por la Guardia Civil, el 29 de abril de 2021 se levantó acta de inspección en una nave industrial situada en Tudela, propiedad de uno de los acusados, en cuyo interior hallaron 231 palés de idénticas características a los denunciados como sustraídos.

De los hechos probados, el tribunal deduce la “falta de justificación creíble” del condenado y de la “coincidencia” de su actuación con la presencia del camionero, el uso de las carretillas y la desaparición de palés. La declaración de los responsables de la mercantil junto con la prueba documental aportada, y la verificación por parte de la Guardia Civil de la actuación de ambos acusados “es lo que nos permite considerar acreditado que el condenado es autor de un delito continuado de hurto junto con el fallecido”. “Del mismo modo -concluye- se ha de declarar la responsabilidad penal por un delito de receptación respecto del otro acusado, dada la actuación llevada a cabo por los agentes de la Guardia Civil el día 28 y 29 de abril de 2021”.

AP de Logroño. Sección nº 1. Sentencia nº 114/2024 de 30 de mayo de 2024.