Deberán presentarse antes del 14 de marzo

Abierto el plazo para las candidaturas al Consejo Fiscal

Noticia

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha recogido este lunes la resolución del Ministerio de Justicia por el que se hace público el acuerdo de la Junta Electoral para convocar elecciones al Consejo Fiscal.

Sede-Fiscalia-General_EDEIMA20110913_0005_1.jpg

Este órgano del Ministerio Fiscal asiste en sus funciones a la fiscal general del Estado (FGE), Dolores Delgado, quien lo preside.

Además, está integrado por la teniente fiscal del Tribunal Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, la fiscal jefa Inspectora, María Antonia Sanz, y nueve fiscales pertenecientes a cualquiera de las categorías que son elegidos por un periodo de cuatro años por los miembros de la Carrera en servicio activo.

El BOE recuerda que el Real Decreto 437/1983, de 9 de febrero, sobre constitución y funcionamiento del Consejo Fiscal, establece en el artículo 23, que la Junta Electoral será competente para convocar las elecciones, dictar las normas para su organización, proceder al escrutinio definitivo y proclamar los resultados, resolver las cuestiones que se planteen sobre capacidad electoral activa y pasiva y, en general, para dirigir y ordenar el proceso electoral.

Y se añade que en la reunión de 8 de febrero la Junta Electoral ha acordado convocar estas elecciones para los cargos electivos del Consejo Fiscal, fijando el plazo de presentación de candidaturas en treinta días naturales desde la publicación en el BOE.

Entre los acuerdos se incluye además remitir copia de las instrucciones aprobadas a los Delegados de la Junta Electoral, a los vocales del Consejo Fiscal y a los presidentes de las asociaciones de fiscales. Además, se ordena remitir una copia de las listas del censo electoral de las respectivas fiscalías a los delegados de la Junta Electoral a los efectos de publicación y exhibición procedentes.

Funciones del Consejo Fiscal

Entre las funciones de este órgano, compuesto en la actualidad por cinco vocales propuestos por la Asociación de Fiscales (AF) y cuatro vocales propuestos por la Unión Progresista de Fiscales (UPF), destaca la de elaborar los criterios generales en orden a asegurar la unidad de actuación del Ministerio Fiscal, en lo referente a la estructuración y funcionamiento de sus órganos.

También se encargan de asesorar a la FGE en cuantas materias ésta le someta, informar las propuestas pertinentes respecto al nombramiento de los diversos cargos, elaborar los informes para ascensos de los miembros de la carrera fiscal, y resolver los expedientes disciplinarios y de mérito que sean de su competencia, así como apreciar las posibles incompatibilidades a que se refiere el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.

El Consejo Fiscal también debe resolver los recursos interpuestos contra resoluciones dictadas en expedientes disciplinarios por los Fiscales Jefes de los distintos órganos del Ministerio Fiscal; instar las reformas convenientes al servicio y al ejercicio de la función fiscal; conocer los planes anuales de la Inspección Fiscal; conocer e informar los planes de formación y selección de los fiscales; informar los proyectos de ley o normas reglamentarias que afecten a la estructura, organización y funciones del Ministerio Fiscal; y dirigir a la FGE cuantas peticiones y solicitudes relativas a su competencia se consideren oportunas.