El ministro de Justicia inaugura el segundo semestre de la formación continua centrado en los delitos contra menores y mujeres en entornos tecnológicos y apunta a instrumentos como la Ley de Protección de Datos y el proyecto de Ley de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia

Campo emplaza a los fiscales en formación a velar por la seguridad en las redes sociales y proteger a los más vulnerables

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El ministro de Justicia, ha pedido a los fiscales que comienzan el segundo semestre de su formación continua para la Carrera Fiscal un esfuerzo para velar por la seguridad en las redes sociales y proteger a las personas, en especial aquellas que se encuentran en situación de vulnerabilidad y “están en el corazón de la Justicia”.

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Campo ha agradecido al Centro de Estudios Jurídicos su “excelente, ardua y eficaz labor” que ha permitido adaptar todo su sistema de formación a las nuevas necesidades derivadas de la crisis, un proceso de adaptación tecnológica que ha contado con el consenso de todos los sectores implicados, incluida la Fiscalía.

El curso on line que recibirán los fiscales en formación estará centrado en los delitos contra menores y mujeres en los entornos tecnológicos. De ahí la llamada del ministro a perseguir este tipo de “manifestaciones de violencia en escenarios nuevos”. “Nuestra credibilidad, la de todos los operadores jurídicos, está, debe estar, en que seamos capaces de proveer un acceso real y completo a la Justicia de las personas en situación de vulnerabilidad”, ha subrayado Campo, consciente de que “lo que más valoran las víctimas de delitos es que los jueces, los fiscales y demás operadores, comprendan sus necesidades, los riesgos que temen, la violencia que sufren y la atención especial durante el proceso”. “Por eso tenemos que realizar nuestro trabajo desde la convicción de la trascendencia que tiene cada una de nuestras actuaciones”, ha apostillado.

El ministro de Justicia les ha instado a apoyarse en instrumentos como la Ley de Protección de Datos y el proyecto de Ley de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia. De la Ley ha destacado los nuevos derechos digitales relativos a la neutralidad, al acceso universal, a la seguridad digital, a la educación digital, a la protección de menores en Internet, así como a la protección de sus datos, a la intimidad y uso de dispositivos y otros derechos digitales en el ámbito laboral, a la rectificación y también a la actualización en Internet y en medios digitales, o el derecho al olvido, entre otros.

Respecto al texto recientemente aprobado en Consejo de Ministros, ha recordado que pone el foco en comportamientos muy lesivos para la vida y la integridad de los menores que, ante la falta de regulación, provocaban espacios de impunidad. Y en este sentido, ha apuntado a los cuatro nuevos tipos delictivos a través de medios tecnológicos y de la comunicación y dirigidos contra menores o personas con discapacidad necesitadas de especial protección como son el fomento o incitación al suicidio y en este punto, se ha referido a “que el delito de fomento o incitación al suicidio, permitirá luchar eficazmente contra fenómenos execrables como el denominado “ballena azul”, que da nombre a este curso.

Campo también se he referido al delito de promoción, fomento o incitación a la autolesión y al delito de promoción, fomento o incitación de la comisión de delitos de naturaleza sexual. Sobre este delito ha hecho hincapié en que “facilitará la persecución de los muchos blogs de abusadores que tratan sobre cómo aproximarse a los menores y ganar su confianza para poder abusar de ellos”.

Finalmente, el ministro ha reseñado el delito por promoción o facilitación del consumo de productos, preparados o sustancias o la utilización de técnicas de ingestión o eliminación de productos alimenticios, lo que facilitará la lucha frente a la promoción por internet de trastornos alimenticios, como fueron las tristemente famosas páginas sobre Ana y Mía sobre anorexia y bulimia.

En relación a la punición de los delitos de descubrimiento y revelación de secretos, Campo ha recalcado que “si bien ya estaba castigada la difusión no consentida de vídeos realizados con la anuencia de la víctima, cuando la divulgación menoscaba la intimidad de esa persona, en la práctica, la exigencia de denuncia previa de la víctima suponía que, en muchos casos, estos delitos no pudieran ser perseguidos”. Y con esta nueva regulación, ha abundado, “se pretende evitar la impunidad de conductas que afectan intensamente a la integridad moral de las víctimas”.