En una sentencia, consultada por Europa Press, la magistrada acuerda reconocer al hombre y a la mujer el beneficio provisional de exoneración del pasivo insatisfecho.
El matrimonio había gozado desde 2008 hasta 2019 de cierta tranquilidad financiera, al contar con dos nóminas estables y contratos laborales indefinidos. Así, bancos y entidades financieras les ofrecieron varios préstamos y tarjetas de crédito, que ellos aceptaron contratar.
Los pagos de estas deudas fueron al corriente hasta que sus ingresos se vieron reducidos prácticamente a la mitad entre 2020 y 2021, coincidiendo con la crisis y restricciones por el Covid.
Por un lado, se acortó la jornada laboral de la esposa tras pasar varios meses por un ERTE y, por otro, el marido causó baja por incapacidad temporal, situación que sigue vigente en la actualidad.
Así, a finales de 2020 se dieron los primeros impagos, a los que sucedieron las llamadas de las entidades reclamando el cobro de la deuda e incluso "amenazas de embargo", lo que generó una situación de estrés en los deudores que buscaron solución a su insolvencia, según destacan sus representantes legales.
A principios de 2021 se declararon insolventes y tramitaron el denominado proceso de la Ley de la Segunda Oportunidad.
Pese la propuesta presentada a todas las financieras resultó imposible el acuerdo dada la negativa a aceptarla, lo que hizo que los deudores tuvieran el derecho al 100% del perdón de sus deudas.
Y es que "de buena fe intentaron pagar algo", pero "fueron causas ajenas a su voluntad las que lo evitaron". Así, la jueza les ha exonerado del pago de los créditos.