En el acuerdo, consultado por Europa Press, el órgano de gobierno de los juzgados de Cataluña modifica las limitaciones para prevenir contagios de coronavirus a raíz de la actualización de las normas que dicta la Conselleria de Justicia.
El documento recuerda que, según los criterios que fija la Conselleria para las salas de vistas, "solo podrán acceder aquellas personas que sean parte, testigo, perito, abogado o procurador".
Para los magistrados, esta decisión es "contraria al principio constitucional de publicidad de las actuaciones judiciales" y señalan que deberá garantizarse aún manteniendo la distancia interpersonal.
Los magistrados también han ordenado que los juzgados de Cataluña mantengan los controles de acceso que ya están establecidos.