La situación conocida a principios de año sobre el traslado a Andorra de célebres youtubers en búsqueda de lugares con menores impuestos ha llevado a Íñigo Egea Pérez-Carasa, asociado principal del Área de Fiscal de Cuatrecasas, a profundizar sobre el tema y plasmar su trabajo en un extenso artículo “Tributación de los influencers: Normas tradicionales para nuevos y rentables modelos de negocio de las nuevas generaciones”. En él analiza el fenómeno de los influencers, el marketing de influencers y de sus diferentes fuentes de renta. Se centra también en la tributación de dichas rentas en el ámbito nacional e internacional directa e indirecta, y aborda las implicaciones fiscales de la interposición de sociedades y los cambios de residencia fiscal, análisis que le lleva a concluir con la necesidad de adaptar el sistema fiscal español a esta nueva realidad para ganar seguridad jurídica y evitar conflictividad con la Administración tributaria. Y para evitar la huida permanente de contribuyentes, el autor se pregunta si no sería mejor tener un régimen fiscal más atractivo que evitara desplazamientos y los fijara en España lo que, además, podría animar a otros influencers a trasladarse a nuestro país.
Por su parte, en el artículo “Las ‘acciones lealtad’: Origen, funcionalidad y régimen jurídico”, Jorge Núñez-Lagos Torralba analiza el origen, los tipos, la idoneidad y la regulación de las denominadas acciones de lealtad o loyalty shares que se han introducido en la reciente Ley 5/2021 con el objetivo de fomentar la implicación a largo plazo de los accionistas en las sociedades cotizadas.
El análisis se centra especialmente en las dificultades de política legislativa que plantea la compatibilidad de las acciones de lealtad con el principio de proporcionalidad entre valor nominal de las acciones y el derecho de voto, así como en los principales aspectos a tener en cuenta en su regulación. En este sentido, se ha puesto el foco en la adecuación de su régimen jurídico con el general aplicable a las sociedades de capital, en el tratamiento legal que se le ha dado en los países de nuestro entorno y en la regulación que se ha introducido en España.