El Tribunal Arbitral de Barcelona ha decidido renovar su listado de árbitros haciendo especial énfasis en su especialización. Por ello ha pedido a los profesionales del derecho o a los no juristas formados en arbitraje que ejercen de árbitros en el TAB que reduzcan sus especialidades de 6 a 3 materias. Con este cambio en la limitación de especialidades se busca una mayor especialización. El proceso de renovación de los árbitros del TAB se ha realizado mediante su página web, en la que en el periodo de una semana 150 personas renovaron sus datos, hecho que equivale a un 35% del total de árbitros.
En el momento de definir el perfil profesional de un árbitro, es importante diferenciar entre arbitraje de derecho y arbitraje de equidad. A diferencia del arbitraje de derecho, que se aplica por defecto a falta de otro acuerdo expreso de las partes en conflicto, el arbitraje de equidad da más margen de maniobra al árbitro cuando ha de tener en cuenta circunstancias que le permitan moderar la aplicación estricta de la norma jurídica en busca de aquella solución que resulte más justa para el caso concreto. De esta manera, en el caso del arbitraje de derecho, cualquier profesional del sector jurídico como abogados, jueces, registradores o notarios puede ejercer de árbitro. Por otro lado, cuando hablamos de arbitraje de equidad, el terreno se amplía a los distintos profesionales no juristas que puedan acabar ejerciendo de árbitros en aquellas materias propias de sus especialidades técnicas o científicas como la ingeniería, la construcción, el sector financiero, la arquitectura o la química, entre otras.
En todo caso, para ejercer de árbitro es recomendable realizar una formación específica en arbitraje en instituciones como Universidades, el Colegio de Abogados de Barcelona o el mismo Tribunal Arbitral de Barcelona.