El XXº Curso de Urbanismo está organizado por la Asociación Española de Abogados Urbanista en colaboración con la Agrupación de Jóvenes Abogados de Madrid y la editorial Lefebvre·El Derecho, y se celebrará los días 14, 16, 21 y 24 de noviembre.
María de los Reyes Rueda indica que el principal objetivo de la nueva ley es dar respuesta a las nuevas realidades urbanísticas de los municipios de la región, dotándoles de instrumentos de planeamiento más flexibles, rigurosos y transparentes que posibiliten un desarrollo urbanístico sostenible.
La nueva Ley que se espera será aprobada a primeros de enero del 2018 pretende acabar con la dispersión normativa, puesto que la actual Ley del Suelo, la Ley 9/2001 de 17 de julio, que ha estado vigente durante 15 de años, ha sufrido más de 15 modificaciones y alteraciones por otras normas ajenas al urbanismo.
Por ello es necesario y urgente, dotar a la Comunidad de Madrid de un nuevo cuerpo normativo en materia de urbanismo, que constituya un auténtico código único, donde se recopile la legislación dispersa y se responda a las nuevas formas de ver y hacer urbanismo.
Entre las principales novedades:
1.- Se permitirá obtener licencias de primera ocupación sin tener que ser recepcionada la urbanización completa de todo el ámbito de actuación. Se podrá obtener licencias de primera ocupación a medida que se vaya recepcionando las manzanas de un ámbito, sin que se tenga que esperar a culminar la urbanización completa. Y esto para acabar con los graves problemas actuales existentes en importantes desarrollos de la Comunidad de Madrid como Parque de Valdebebas y otros que se estan ejecutando, tras dictarse las últimas Sentencias por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid que denegaba las licencias de primera ocupación de viviendas que ya están habitadas, al no haberse culminado toda la Urbanización infringiendo según el Tribunal el articulo 20.3 de la actual Ley del Suelo Ley 9/2001 de 17 de julio de la C. Madrid.
2.- La inclusión de un Plan General de Ordenación Urbana Simplificado, diseñado para los municipios de menos de 5.000 habitantes y hasta 6 millones de euros de presupuesto.
Estos municipios podrán optar por este Plan General Simplificado siempre y cuando las actuaciones se centren en sus cascos urbanos.
Las medianas y grandes ciudades tendrán a su disposición nuevos instrumentos urbanísticos como los programas municipales de actuación sobre el medio urbano que permitirán que las alteraciones del planeamiento necesarias para desarrollar y ejecutar actuaciones de rehabilitación, regeneración y renovación urbana sólo requieran la aprobación de planes especiales, sin que sea necesario modificar el planeamiento general como hasta ahora.
3.- La nueva Ley mantiene las clases de suelo urbano, urbanizable y no urbanizable pero hay modificaciones, de tal forma que el suelo que hasta ahora se consideraba suelo urbanizable no sectorizado pasa a ser suelo no urbanizable común.
En el suelo no urbanizable común no se podrá construir en ningún caso, salvo que se cambie su clasificación en el planeamiento general a iniciativa de los propios Ayuntamientos.
4.- Se incrementan los plazos de prescripción ante Infracciones Urbanísticas que pasará de los 4 años actualmente a 8.
Se incrementan los plazos que pasan de los 4 años que se contempla en la actual Ley, en el art. 236 de la Ley 9/ 2001 de 17 de julio a los 8 años
Se duplica y a su vez se endurece el régimen sancionador, destacando la posibilidad que tendrá la administración para decomisar cualquier beneficio que se obtenga por la comisión de una infracción, así como la posibilidad de que a la Administración no le suponga ningún coste las actuaciones que tenga que llevar a cabo para restaurar la legalidad urbanística, repercutiendo ese coste en el infractor.
5.- Mayor información en materia de Urbanismo para los madrileños y mayor transparencia.
Para ello, dedica su primer título en exclusiva a establecer las reglas relativas a la información urbanística y a consagrar el derecho a la participación ciudadana en el planeamiento de sus localidades, adaptando la norma a la Ley de Transparencia y a las nuevas disposiciones estatales sobre procedimientos administrativos que ha entrado en vigor este mes de octubre.
6.- Los Municipios tendrán 4 años para adaptarse a la Nueva Ley.
Una vez aprobada la Ley todos los municipios de la región deberán adaptar su planeamiento a las nuevas disposiciones para lo que tendrán un plazo de cuatro años.
Toda estas novedades que trae la Nueva Ley del Suelo de Madrid junto con otras serán tratadas en el Curso de Urbanismo que se celebrará en noviembre.
Curso destinado a una variedad de profesionales: letrados, arquitectos, técnicos, estudiantes, empleados de Inmobiliarias, Promotoras y Empresas diversas que quieran formarse en Urbanismo.
Aquellos que quieran más información y matricularse, pueden contactar con la Asociación llamando al 91 5933243 y consultar sus web: www.aeaurbanistas.com www.aeaurbanistas.es