La Red de Atención Integral para la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid dispone de centros, servicios y recursos no solo para las mujeres que son víctimas de esta lacra social, sino también para los menores. Entre estos recursos para menores, destaca el programa 'No te Cortes', de prevención de la violencia de género entre adolescentes y atención de los casos que se detecten.
Como establece la legislación nacional, la vigente Ley Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid ya preveía el reconocimiento de los menores como víctimas al considerar como violencia de género la ejercida sobre ellos u otras personas dependientes de una mujer cuando se agreda a los mismos con ánimo de causar un perjuicio a aquélla.
En conjunto, la red de atención especializada a las víctimas de violencia de género de la Comunidad de Madrid incluye 23 centros residenciales y cinco no residenciales; 52 Puntos Municipales del Observatorio Regional de la Violencia de Género repartidos por toda la región, así como otros servicios y recursos como el Servicio de Atención Telefónica 012 Mujer, que funciona las 24 horas del día y los 365 días del año.
El programa de gobierno de la presidenta de la Comunidad, Cristina Cifuentes, incluye en este apartado el compromiso de desarrollar el Plan Integral contra la Violencia de Género e impulsar campañas de sensibilización para reforzar la prevención de la violencia de género e involucrar de esta forma a toda la sociedad.
Entre los compromisos del ejecutivo regional está también mejorar la coordinación entre los distintos servicios implicados con el fin de lograr una intervención rápida, individualizada y multidisciplinar de las mujeres víctimas de violencia de género, así como prestar una atención personalizada para facilitar el empleo a las víctimas de esta lacra.
Mayor protección para los hijos de las víctimas
La publicación en el Boletín Oficial del Estado de la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia (BOE de 23 de julio), y de la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia (BOE de 29 de julio), viene a mejorar la atención y la protección de los hijos e hijas de las mujeres víctimas de violencia de género.
La reforma del sistema de protección a la infancia y la adolescencia introduce cambios en esta materia, al reconocer como víctimas directas a los hijos de aquellas mujeres que sufren violencia de género mediante su inclusión en el artículo 1 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Al mismo tiempo, establece la obligación de los jueces de pronunciarse sobre las medidas cautelares que les afectan, especialmente las de tipo civil relativas a patria potestad o la custodia de los menores y régimen de visitas, estancia, relación o comunicación con ellos.
También se amplían las situaciones objeto de protección en las que los menores pueden encontrarse a cargo de las mujeres víctimas de violencia de género, al incluir el acogimiento, la tutela, curatela o guarda de hecho.
Contempla, igualmente, una reforma del sistema de pensiones que impedirá a las personas que acaben con la vida de un pariente cobrar la pensión que su muerte haya generado, sea cual sea. Asimismo, los hijos de un matrimonio en el que un cónyuge mate al otro podrán cobrar la pensión de orfandad completa, aunque el padre o madre homicida siga con vida, y ésta será de mayor cuantía, pues se le reconocerá el 100% de la base reguladora, y no un porcentaje sobre la misma, como hasta ahora.