VIOLENCIA DE GÉNERO

Las condenas por asesinatos de género superan de media los 19 años de prisión

Noticia

El grupo de expertos en violencia doméstica y de género del CGPJ hace públicos los estudios de las 108 sentencias dictadas en este ámbito en los años 2012 y 2013.

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En el año 2013, la cuantía media de las penas por asesinato en casos de violencia de género fue de 19 años y medio de prisión, cifra ligeramente superior a la del año anterior, que se situaba en 18 años y medio de prisión, según ha informado el CGPJ.

El grupo de expertos en violencia doméstica y de género del CGPJ, integrado por los magistrados María José Barbarín, Gemma Gallego, José María Gómez Villora, Vicente Magro, Almudena Nadal, José Manuel de Paúl, María Tardón y Carmen Zabalegui, ha hecho públicos los Informes sobre las 108 sentencias dictadas en los años 2012 y 2013 por los Tribunales de Jurado y las Audiencias Provinciales relativas a homicidios y asesinatos cometidos en el ámbito de la violencia doméstica y de género.

Los informes muestran un incremento en las condenas impuestas por homicidio, cuya media en 2013 fue de 13 años y tres meses de prisión, frente a los 11 años y tres meses del año 2012.

De todas las sentencias dictadas en violencia de género en los años 2012 y 2013, 90 fueron condenatorias (un 95%) y el resto, absolutorias, si bien cabe reseñar que en cuatro de las cinco sentencias absolutorias, el tribunal apreció una eximente completa imponiendo a los acusados medidas de seguridad de internamiento en centro psiquiátrico por periodos de entre 12 y 25 años.

Nacionalidad y edad de los autores y de las víctimas

En el año 2013, la nacionalidad del autor en los casos de homicidio y asesinato en materia de violencia de género se distribuyó a partes iguales entre españoles y extranjeros. No sucedió igual en 2012, donde los extranjeros representaron el 60% de la autoría de los crímenes machistas, frente a un 40% de españoles.

Más de un 52% de los autores se situaban en la franja de edad de entre 31 a 45 años en los dos años analizados. La franja de edad comprendida entre 46 y 65 años, que había sido predominante en 2011, supuso un 25% en 2013 y algo más del 22% en 2012. Permanece más o menos estable en torno al 15% la franja de edad inferior, la que comprende de los 18 a los 30 años.

En cuanto a la nacionalidad de las víctimas, la proporción entre españolas y extranjeras era equilibrada en 2012 y, sin embargo, en 2013 había más mujeres españolas (un 58%) que extranjeras.

En 2012 la edad de las víctimas mostraba porcentajes similares entre las franjas de 31 a 45 y de 46 a 65 años (ambas, con un 33% de los casos), seguidas muy de cerca por la franja de entre 18 a 30 años (con un 28%). En 2013, un 40% de las víctimas se hallaba en la franja de 31 a 45 años, un 32% lo estaba entre 46 y 65 años y un 28%, entre 18 y 30 años de edad.

En los dos años analizados no se produjo ninguna víctima mortal menor de edad y sólo hubo una mujer asesinada con más de 66 años de edad.

3 de cada 4 mujeres muertas tenían hijos/as

En un 74% de los casos del año 2012 y en un 77% de los de 2013 aparece que las mujeres muertas a manos de sus parejas o ex parejas tenían hijos/as.

En las sentencias examinadas de ambos años constan un total de 110 hijos/as que perdieron a sus madres en homicidios o asesinatos de violencia de género; 77 de los hijos/as eran menores de edad y, de ellos, 52 no habían cumplido los 10 años.

El porcentaje de crímenes en los que se mantenía la relación de afectividad o convivencia entre el autor y la víctima fue de un 63 por ciento en el año 2012 y de un 68 por ciento en 2013.

En este sentido, el grupo de expertos señala que el fin de la relación o de la convivencia no conlleva una reducción del riesgo de homicidio o asesinato. La violencia –se indica- forma parte del control sobre las mujeres, que se hace más brutal cuando éstas anuncian su intención de dejar la relación o de irse.

Circunstancias atenuantes y eximentes

Los análisis de las sentencias confirman la escasa incidencia de circunstancias atenuantes y eximentes en la comisión de estos hechos criminales.

Por ello señalan los expertos que en la mayor parte de la violencia criminal con resultado de muerte en el ámbito de la pareja o ex pareja, los crímenes se han ejecutado por el autor sin guardar vinculación de forma significativa con la afectación o influencia del alcohol o de las drogas ni con una enfermedad o alteración mental.

Tan sólo cabe reseñar que aproximadamente en una de cada cuatro sentencias analizadas en estos años, la confesión ha operado como la principal circunstancia atenuante de la responsabilidad criminal (25% en 2012 y 27% en 2013).

El grupo de expertos del CGPJ reitera la conveniencia de abordar el estudio de la supresión o reconsideración de esta atenuante en delitos con resultado de muerte en violencia de género, cuando la ejecución del hecho o las circunstancias que lo rodean permitan sin dificultad atribuir la autoría al varón de la pareja o ex pareja sentimental, haciendo inoperante, por tanto, la confesión.

Denuncias previas

En cuanto a la existencia de denuncias previas a los homicidios o asesinatos, no consta en un 80% de los casos analizados en 2012 y 2013.

Para el grupo de expertos, este porcentaje por un lado reafirma la convicción de que la violencia de género se manifiesta de manera continua y en muy pocas ocasiones a través de episodios aislados, y por otro, evidencia la necesidad de continuar sensibilizando a la sociedad en general de que se trata de un asunto público, de derechos humanos, y no privado, y de que es obligatorio denunciar si se tiene conocimiento de que una mujer está siendo maltratada.

Violencia doméstica

Finalmente los Informes del grupo de expertos analizan las sentencias dictadas en los procedimientos de violencia doméstica con resultado de muerte.

En 2012 las siete sentencias que se dictaron en este apartado fueron condenatorias –cinco por asesinato y dos, por homicidio-, correspondiendo la autoría a cinco mujeres y un hombre, además de un supuesto en que hubo una coautoría de hombre y mujer.

En 2013, de las seis sentencias dictadas sólo hubo una absolución mientras que hubo dos condenas por asesinato y tres, por homicidio. En todas ellas, la autoría fue de una mujer.

Las penas impuestas en los casos de asesinato oscilaron entre 15 y 22 años de cárcel, y en los homicidios entre 5 y 11 años de prisión.

En ninguna de las sentencias de homicidio o de asesinato cometido en el ámbito de la violencia doméstica, consta la existencia de denuncias previas.