En este proyecto también se regula la posibilidad de asignar destinos al militar en el que concurran circunstancias excepcionales de conciliación de la vida profesional, personal y familiar, basadas en motivos de salud, discapacidad o dependencia del militar o sus familiares y a las víctimas del terrorismo.
En cuanto al personal retirado por insuficiencia de condiciones psicofísicas, se articulan las condiciones para la vinculación honorífica, pudiendo adscribirse a unidades y alcanzar sucesivos empleos honoríficos.
Asimismo, nuevas disposiciones permitirán que determinadas situaciones procesales, y en particular las relacionadas con el acoso sexual o por razón de sexo, sean tenidas en cuenta para la tramitación de urgencia, así como para que dichas situaciones se consideren en relación a posibles ascensos.
En lo referido al pase a la situación de reserva voluntaria, se amplía el plazo para cumplir los requisitos para el pase a la reserva voluntaria con 58 años del año 2017 al 2019.
Con respecto al ascenso de suboficiales al empleo de teniente al pasar a la situación de reserva, se elimina la limitación de cumplir determinada edad y se reconoce una antigüedad, tiempo de servicios y efectos económicos que compense al personal que pase a la reserva con posterioridad a los 58 años.