La sentencia recoge el acuerdo de conformidad al que llegaron antes del juicio la Fiscalía y la defensa, por el que el acusado reconoció los hechos, se declaró autor de un delito continuado de falsedad en documento mercantil y oficial en concurso con un delito de estafa y aceptó las penas solicitadas por ellos.
El fallo aprecia la concurrencia de las atenuantes de dilaciones indebidas y de reparación parcial del daño, pues el penado consignó antes de la vista oral mil euros para satisfacer parte de los 5.820 euros que deberá abonar a la víctima en concepto de responsabilidad civil.
El perjudicado, no obstante, según se recoge en la resolución judicial, llegó a abonar por este mismo fraude en cuentas bancarias a disposición de otros presuntos estafadores que no han sido localizados al estar en paradero desconocido otras cantidades que en total superan los 122.000 euros.
Los hechos se remontan a mayo a noviembre de 2018, cuando el acusado remitió a la víctima una carta en la que se identificaba como abogado y en la que le comunicaba que podía aceptar una herencia de 9,3 millones de euros depositada en una caja de seguridad en España por un ciudadano fallecido durante un terremoto en China en 2008.
No obstante, le advertía de la necesidad de realizar diversos pagos en efectivo para poder liberar la herencia y remitirle el dinero a su cuenta bancaria, de la que era beneficiario en Canadá.
El acusado, para dotar de apariencia de seriedad y credibilidad a sus comunicaciones, confeccionó documentación falsa y recibió en una cuenta abierta por él en España con un pasaporte falsificado 5.820 euros del perjudicado que ahora deberá reintegrarle, según se establece en la sentencia.
Audiencia Provincial de Valencia. Sección Quinta. Sentencia nº 169/2024 de 26 de marzo de 2024.