COMENTARIO

¿Quién debe reparar el desagüe de las terrazas que discurre por la fachada del edificio?

Noticia

Comentario realizado por la Redacción de Lefebvre o alguno de sus colaboradores sobre una sentencia o consulta jurídica relevante

Guarda-Custodia

EDE 2018/ 505233

Planteamiento

En una comunidad de propietarios las viviendas del último piso tienen unas terrazas privativas existiendo una terraza comunitaria por encima de las mismas. Esta terraza solo tiene un desagüe y su canalización discurre por la fachada de la comunidad hasta llegar a la acera.

Esa canalización ¿la tiene que reparar la comunidad teniendo en cuenta que la terraza es privativa?

Si la propietaria de la terraza quiere poner una pila en su terraza y canalizarla a esta tubería y que no desagüe en la calle, ¿esa reparación corresponde a la comunidad o la tiene que sufragar ella?

Respuesta

Dice el art.396 CC -EDL 1889/1- que son elementos comunes “las instalaciones, conducciones y canalizaciones para el desagüe…, todas ellas hasta la entrada al espacio privativo”. Eso significa que la canalización que discurre por la fachada tiene la consideración de elemento común, por lo que en el tramo que discurre por elementos comunes es común, y privativo en la zona que discurre en propiedad privada.

En consecuencia, la canalización la tiene que reparar la comunidad de propietarios, aunque la terraza a la que da servicio sea privativa.

La realización de la obra deseada por la propietaria para recanalizar el agua no es una instalación originaria del inmueble, sino que voluntariamente la quiere acometer el propietario, por lo que es una obra privativa.

Así, si la propietaria de la terraza quiere poner una pila en su terraza y canalizar el agua a esta tubería, de manera que no desagüe en la calle sino que se conduzca el agua a la tubería general, esa obra no corresponde a la comunidad sino que la tiene que asumir el propietario interesado exclusivamente.