El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Reglamento sobre el uso del dominio público radioeléctrico. El espectro radioeléctrico de frecuencias es un recurso natural utilizado para la prestación de servicios de telecomunicaciones, tales como la radiodifusión sonora y la televisión, los servicios móviles (telefonía móvil, servicios de seguridad o transporte), servicios por satélite (televisión por satélite, GPS) y también para la investigación espacial, la defensa nacional y servicios de emergencias, además de un elevado número de aplicaciones industriales y domésticas tales como los telemandos y numerosos sistemas inalámbricos (teléfonos portátiles, WiFi, etc.).
Este nuevo marco regulador, posibilitará a los operadores de telecomunicaciones realizar un uso más flexible y eficiente de las radiofrecuencias. Por medio de la mutualización, es decir, la posibilidad de poner en común sus derechos de uso del dominio público radioeléctrico, los operadores podrán ofrecer nuevos servicios, mejorar la cobertura y dar mayores prestaciones de velocidad y calidad en sus redes.
Asimismo, las nuevas posibilidades que ofrece esta norma permitirán crear nuevas oportunidades para la innovación en el ámbito de la banda ancha en movilidad y también para los sectores orientados a los servicios como la atención sanitaria, la enseñanza, las Administraciones Públicas o la accesibilidad.
Este Reglamento, es uno de las normas más importantes para el desarrollo la Ley 9/2014 General de Telecomunicaciones. La norma introduce importantes medidas para eliminación de cargas administrativas, que facilitarán, entre otras, la instalación de dispositivos para el internet de las cosas y las futuras redes de comunicaciones móviles de 5G.
Se simplifican y acortan los procedimientos para obtener autorizaciones de uso de las frecuencias, gracias a la tipificación de proyectos tipo y el uso de declaraciones responsables, asegurando siempre, las funciones de control e inspección, que garanticen que los servicios funcionen libres de interferencias y el cumplimiento estricto de los niveles de exposición radioeléctrica tolerable para que no constituyan un peligro para la salud.
Con el desarrollo de este nuevo reglamento, España da un paso importante para cumplir los objetivos de la Agenda Digital para Europa y facilitar, en 2020, a todos los ciudadanos el acceso de banda ancha con velocidades mínimas de 30 Mbps.
(Fuente: Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital)