El asunto en cuestión está vinculado al artículo 1 de la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la normalización institucional, política y social de Cataluña.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha planteado que el citado artículo podría vulnerar los artículos 9.3, 14 y subsidiariamente, 117.3 de la Constitución Española.
Siguiendo el procedimiento, el Pleno ha comunicado su decisión a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Y de acuerdo al artículo 35.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, el proceso judicial se mantendrá en suspenso hasta que se emita un veredicto final sobre la cuestión de inconstitucionalidad.
Además, se ha acordado la abstención del juez Juan Carlos Campo.