JUSTICIA

Justicia valora un cambio de baremo en la exención fiscal

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El ministro de Justicia, Rafael Catalá, confirma que se está valorando una modificación del baremo en la fiscalidad del turno de oficio. Esta decisión del Ministerio resulta del cambio de criterio adoptado por la Dirección General de Tributos en relación con la tributación en IVA para los servicios de asistencia jurídica gratuita. Para Catalá “será necesario tomar medidas que no perjudiquen al turno de oficio y se deberán incrementar los baremos de forma paralela a la nueva situación de fiscalidad”.

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El cambio de criterio de la Dirección General de Tributos se basa en la sentencia del TJUE de 28-07-16 que considera la obligación de que los servicios prestados por abogados y procuradores a los beneficiados por el derecho de asistencia jurídica gratuita deban estar sujetos a IVA y nunca exentos. Además, la sentencia considera que estos servicios tienen carácter oneroso, siéndoles de aplicación la directiva del IVA (Dir 20166/112  art .132) y que debe ser un servicio voluntario. Una sentencia que fuerza a la DGT a cambiar de criterio y adecuarse a la justicia comunitaria.

Desde la Res. DGT de 18-06-86, la DGT seguía el criterio establecido por el Ministerio de justicia, según el cual, los servicios prestados por abogados y procuradores en el turno de oficio son obligatorios para dichos profesionales. Asimismo, son gratuitos para ellos, ya que existe una partida específica para financiar estos servicios a cargo de los PGE. Por lo tanto, de acuerdo, con la Ley 37/1992, no están sujetas al pago de IVA las prestaciones de servicios a título gratuito, por lo que entra en la definición dada por el Ministerio.

Ahora bien, la sentencia del TJUE de 28-07-16 considera que estos servicios tienen carácter oneroso, siéndoles de aplicación la Directiva del IVA (Dir 2006/112 art.132) y que además, es un servicio voluntario (el abogado puede elegir hacerlo o no). Por lo que en base a esta sentencia, la DGT se ve forzada  a cambiar el criterio mantenido hasta ahora para adecuarse a lo dicho por el TJUE. Así  lo establece en la contestación a la consulta DGT V0179-17, de 25 de enero de 2017.

En estos momentos y según confirmaba el ministro de Justicia, se está valorando si esta normativa comunitaria es extensible en España y si es necesario la intervención del Ministerio de Economía para realizar un incremento paralelo a los baremos del turno de oficio. El cambio de criterio de la DGT ha generado reacciones contrarias por parte de los Colegios de Abogados teniendo en cuenta las implicaciones y dudas sin resolver de esta nueva situación económica para el ejercicio profesional de abogados y procuradores. A este respecto, el Consejo General de la Abogacía ha iniciado la elaboración de un informe jurídico sobre la aplicación del IVA a los honorarios recibidos por abogados del turno de oficio al amparo de la Ley 1/1996.

Actualmente existen 44.000 letrados adscritos al servicio de Turno de Oficio.

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  • El ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha realizado estas declaraciones en los Desayunos de TVE. (02/02/2017)