El cambio de criterio de la Dirección General de Tributos se basa en la sentencia del TJUE de 28-07-16 que considera la obligación de que los servicios prestados por abogados y procuradores a los beneficiados por el derecho de asistencia jurídica gratuita deban estar sujetos a IVA y nunca exentos. Además, la sentencia considera que estos servicios tienen carácter oneroso, siéndoles de aplicación la directiva del IVA (Dir 20166/112 art .132) y que debe ser un servicio voluntario. Una sentencia que fuerza a la DGT a cambiar de criterio y adecuarse a la justicia comunitaria.
Desde la Res. DGT de 18-06-86, la DGT seguía el criterio establecido por el Ministerio de justicia, según el cual, los servicios prestados por abogados y procuradores en el turno de oficio son obligatorios para dichos profesionales. Asimismo, son gratuitos para ellos, ya que existe una partida específica para financiar estos servicios a cargo de los PGE. Por lo tanto, de acuerdo, con la Ley 37/1992, no están sujetas al pago de IVA las prestaciones de servicios a título gratuito, por lo que entra en la definición dada por el Ministerio.
Ahora bien, la sentencia del TJUE de 28-07-16 considera que estos servicios tienen carácter oneroso, siéndoles de aplicación la Directiva del IVA (Dir 2006/112 art.132) y que además, es un servicio voluntario (el abogado puede elegir hacerlo o no). Por lo que en base a esta sentencia, la DGT se ve forzada a cambiar el criterio mantenido hasta ahora para adecuarse a lo dicho por el TJUE. Así lo establece en la contestación a la consulta DGT V0179-17, de 25 de enero de 2017.
En estos momentos y según confirmaba el ministro de Justicia, se está valorando si esta normativa comunitaria es extensible en España y si es necesario la intervención del Ministerio de Economía para realizar un incremento paralelo a los baremos del turno de oficio. El cambio de criterio de la DGT ha generado reacciones contrarias por parte de los Colegios de Abogados teniendo en cuenta las implicaciones y dudas sin resolver de esta nueva situación económica para el ejercicio profesional de abogados y procuradores. A este respecto, el Consejo General de la Abogacía ha iniciado la elaboración de un informe jurídico sobre la aplicación del IVA a los honorarios recibidos por abogados del turno de oficio al amparo de la Ley 1/1996.
Actualmente existen 44.000 letrados adscritos al servicio de Turno de Oficio.
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- El ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha realizado estas declaraciones en los Desayunos de TVE. (02/02/2017)