En los últimos años hemos presenciado como cada Comunidad Autónoma ha regulado según sus intereses los arrendamientos de uso turístico o vacacional, provocando la coexistencia en el territorio español de una multiplicidad de cuerpos normativos con un tratamiento jurídico de estos contratos totalmente distinto hasta en la definición del concepto de arrendamiento de uso turístico, lo cual está generando una enorme inseguridad jurídica en el sector turístico.
El dinamismo de esta novedosa modalidad de alojamiento turístico y la voluntad de la administración de fiscalizar una actividad que genera un importante volumen económico para las arcas públicas, han precipitado al legislador autonómico a regular esta actividad mediante una técnica legal poco reposada, confusa, repleta de lagunas jurídicas, y cuyas normas han sido en muchos casos impugnadas ante los tribunales de justicia. En el caso de la normativa turística catalana (Ley 13/2002, de 29 de junio, de Turismo de Cataluña y Decreto 159/2012, de 20 de noviembre, de establecimientos de alojamiento turístico y de viviendas de uso turístico), existe una laguna jurídica sobre la regulación de habitaciones de uso turístico por la falta de claridad del texto legal que imposibilita al ciudadano conocer si se trata de una actividad prohibida o no.
Con la finalidad de abordar de forma práctica esta problemática jurídica, el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB) ha organizado la conferencia "Marco jurídico actual de las viviendas de uso turístico y perspectivas de futuro. ¿Hacia una Ley de Arrendamientos Turísticos?" para el próximo 29 de mayo a las 18 horas, que contará con la presencia de los protagonistas de esta problemática jurídica y del magistrado de la Sección Tercera del Tribunal Supremo, Rafael Fernández Valverde.