ECONOMÍA

Luz verde a la "Ley Antidesahucios"

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La norma se adapta también a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la UE, por la que se faculta a los jueces a detener una ejecución hipotecaria cuando detecten cláusulas abusivas.

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El Pleno del Senado ha aprobado definitivamente con los únicos votos del PP la Ley Antidesahucios, que no tendrá que volver al Congreso de los Diputados después del rechazo a los tres vetos presentados por PSOE, PSC e ICV y de las 275 enmiendas parciales propuestas.

Esta iniciativa que procede del proyecto de ley para reforzar la protección a los deudores hipotecarios (procedente del Real Decreto-Ley 27/2012, de 15 de noviembre) y la proposición de Ley de regulación de la dación en pago, de paralización de los desahucios y de alquiler social, impulsada por iniciativa legislativa popular.

La Comisión de Economía aprobó entonces con competencia legislativa plena --es decir, sin necesidad de volver a debatir el texto en el Pleno-- y por la vía de urgencia el proyecto de ley, que sólo contó con los votos favorables del PP frente al rechazo de toda la oposición. Ahora, en el Senado se ha repetido tanto el procedimiento como los argumentos y los posicionamientos, y finaliza su trámite parlamentario sin incluir ningún cambio más.

 Así pues, la nueva norma no incorpora la dación en pago universal y retroactiva que se reclamaba en la ILP, aunque incluye como medida "estrella" la suspensión durante dos años de los desahucios en los que los afectados cumplan unas condiciones de especial vulnerabiliad.

Entre ellos, se señala que los ingresos de los miembros de la unidad familiar no podrán superar la cantidad de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem), el equivalente a 19.000 euros anuales.

Por otro lado, la reforma de la Ley Hipotecaria incluye también quitas del 35% para los deudores que liquiden sus cuotas en un plazo del cinco años y del 20% si lo hacen en 10 años.

La norma se adapta también a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la UE, por la que se faculta a los jueces a detener una ejecución hipotecaria cuando detecten cláusulas abusivas, y amplia de uno a tres los impagos a partir de los cuales el banco podrá iniciar un proceso de ejecución hipotecaria.

La moratoria de dos años, insuficiente

El pasado 15 de noviembre de 2012, el Gobierno aprobaba un Real Decreto-Ley que fijaba una moratoria de dos años en los lanzamientos hipotecarios a los colectivos más vulnerables. Ofrecía así una urgente respuesta al verdadero "drama social" por el que estaban pasando muchas familias que se veían desprovistas de sus casas.

Por ello, este Real Decreto-Ley de medidas urgentes establecía una moratoria de dos años en la ejecución de los desahucios de vivienda habitual para un colectivo amplio de ciudadanos y ponía en marcha la constitución de un fondo social con viviendas destinadas a alquileres de renta baja para quienes se hayan visto especialmente castigados por la crisis económica.

Con esta decisión, se paraliza el proceso de lanzamiento (la última fase del desahucio) durante dos años para aquellas familias incursas en un proceso de este tipo, siempre que reúnan determinados requisitos, de modo que podrán seguir residiendo en su vivienda habitual sin coste: familias numerosas; unidades familiares monoparentales con dos hijos a cargo; unidades familiares de las que forme parte un menor de tres años; unidades familiares en las que alguno de sus miembros tenga declarada discapacidad superior al 33%, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite de forma temporal o permanente, de forma acreditada, para realizar una actividad laboral; unidades familiares en las que el deudor hipotecario se encuentre en situación de desempleo y haya agotado la prestación; unidades familiares en las que convivan en la misma vivienda una o más personas con parentesco de hasta tercer grado respecto del titular de la hipoteca o su cónyuge y que se encuentren en situación de discapacidad, dependencia o enfermedad grave que le incapacite de forma temporal o permanente, de forma acreditada, para realizar una actividad laboral; y las víctimas de violencia de género.

Se eliminan las tasas en desahucios de viviendas habituales

La reforma de la Ley de Tasas realizada por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón incluye la eliminación de la cuantía en los casos de que se produzcan los desahucios en viviendas habituales.