MADRID

Madrid aprueba nuevas convocatorias de ayudas al alquiler y rehabilitación de viviendas

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Las ayudas al alquiler beneficiarán, al menos, a 7.000 familias.

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El Consejo de Gobierno aprobó este martes la convocatoria de nuevas líneas de Ayudas al Alquiler y Fomento de la Rehabilitación Edificatoria, por importe de 31,1 millones de euros (17 millones y 14,1 millones, respectivamente), con el fin de beneficiar a familias con escasos recursos y favorecer reformas de edificios y viviendas.

El Programa Regional de Ayuda al Alquiler 2017 mantiene su dotación económica con 17 millones de euros y pretenden beneficiar, al menos, a 7.000 familias, priorizando siempre a aquellas que tengan menores recursos económicos, por lo que se analizarán los ingresos de la unidad de convivencia familiar.

La cuantía de la ayuda será del 40% de la renta anual del alquiler, con un límite máximo de 2.400 euros anuales por vivienda. La renta actualizada a pagar por el alquiler debe ser igual o inferior a los 600 euros mensuales.

Se podrán presentar todas aquellas personas que sean mayor de edad, tengan nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, ser titular de un contrato de arrendamiento en la Comunidad de Madrid y que la vivienda constituya el domicilio habitual.

Rehabilitación edificatoria

En cuanto a la Rehabilitación Edificatoria, las subvenciones de hasta 14,1 millones de euros, están enmarcadas dentro del Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbana 2013-2016, que han sido prorrogadas para el año 2017 y cuentan con un presupuesto total de 38,5 millones de euros.

Las ayudas destinadas a la Rehabilitación Edificatoria, tienen como objetivo financiar la ejecución de obras de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamientos propios, así como en los elementos y espacios privativos comunes, en edificios de tipología residencial colectiva anteriores a 1981. En estas viviendas, al menos el 70% de su superficie construida sobre rasante, deberá tener uso residencial, e igualmente el 70% de estas viviendas deben ser el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.

Las actuaciones podrán consistir, entre otras, en la mejora de la envolvente térmica del edificio, la instalación de sistemas energéticos eficientes o con energías renovables, la mejora de la eficiencia energética en las instalaciones comunes, el ahorro de agua, la instalación de ascensores o salvaescaleras y productos que permitan el acceso a las personas con discapacidad.

La cuantía máxima de la subvención a conceder por edificio no podrá superar el importe de multiplicar 11.000 euros por cada vivienda y por cada 100 metros cuadrados de superficie útil de local (12.100 euros cuando se trate de edificios declarados bienes de interés cultural, catalogados o que cuenten con protección integral). Además, habrá que contemplar las cuantías económicas específicas destinadas para cada tipo de actuación.

Además, la subvención a conceder por edificio no podrá superar el 35% del coste subvencionable de la actuación. No obstante, y de manera excepcional en el caso de actuaciones para la mejora de la accesibilidad y sólo, en la partida correspondiente a la accesibilidad, se podrá llegar al 50% de ayuda.