El real decreto para la aprobación del Reglamento de Ministerio Fiscal tiene como objetivo dictar una nueva norma que derogue y supere la existente, de 1969.
El reglamento del Ministerio Fiscal recoge las categorías, adquisición y pérdida de la condición de fiscal, la provisión de destinos, distinguiendo las plazas de designación directa del fiscal general del Estado, la provisión de plazas de nombramiento discrecional y el procedimiento de concurso reglado, así como los artículos referidos a las situaciones administrativas en que pueden hallarse los miembros de la carrera fiscal.
Asimismo, regula todos los permisos que podrán disfrutar los miembros de la carrera fiscal de manera extensa y pormenorizada, y les reconoce, al menos, los mismos derechos establecidos para los miembros de la Administración General del Estado y que supongan una mejora en materia de conciliación y permisos.
También regula los derechos y deberes de los integrantes del Ministerio Fiscal, tanto profesionales y de asociación, como el derecho a la salud y a la protección frente a los riesgos laborales, y el régimen de responsabilidad de los miembros de la carrera fiscal con respeto a lo regulado en el Estatuto Orgánico, abordando el marco procedimental, entre otros. Se completa así la regulación integral, cuyas exigencias venían también determinadas por organismos internacionales.
Ampliación de la plantilla del Ministerio Fiscal
Por su parte, el real decreto para la ampliación de plantilla del Ministerio Fiscal tiene por objeto adecuarla a las necesidades existentes mediante la creación de 60 nuevas plazas y el reforzamiento de la especialización en el ámbito de la discapacidad. Así, contempla la creación de dos plazas de Fiscales adscritos al Fiscal de Sala para la protección de personas con discapacidad y mayores.
La plantilla vigente del Ministerio Fiscal fue fijada en el Real Decreto 255/2019, de 12 de abril. Esta plantilla precisa ser actualizada.
Las 60 plazas saldrán a concurso entre los miembros de la carrera fiscal que reúnan la categoría y las condiciones necesarias para ocuparlas, de conformidad con la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, de acuerdo con la distribución que se indica.
La norma fija el total de efectivos de la Carrera Fiscal, que queda constituido por 2.613, y el número de fiscales para cada categoría así como todas sus características: denominación de la plaza, dotación, categoría de la misma, procedimiento de nombramiento, sede de la plaza, número de decanos que corresponden a cada sección territorial y número de fiscales coordinadores que corresponden a la fiscalía territorial de que se trate.