Esto contrasta con el criterio marcado el pasado lunes por el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, quien dictó un decreto para los fiscales estableciendo que no se modificarán penas cuando puedan ser impuestas con el nuevo marco penal. Este criterio evitaría una rebaja "automática" de condenas.
Pero las audiencias provinciales de Madrid, Valladolid, Vizcaya, Granada, Córdoba, Málaga o Zaragoza han unificado criterio en diferentes cónclaves y todas ellas coinciden en seguir apostando por rebajas de penas para ajustarlas al nuevo marco legal y, se deduce, sin tener en cuenta la Disposición Transitoria Quinta del Código Penal de 1995 que limita las revisiones.
Así, la Audiencia Provincial de Madrid, en una reunión a la que han asistido los presidentes de las secciones penales, ha decidido aplicar esas revisiones tras someter a votación el asunto. El resultado ha sido 32 votos a favor, ocho en contra y nueve abstenciones.
En el caso de la Audiencia Provincial de Valladolid, su presidente, Javier Carranza, ha señalado que ellos revisarán caso por caso aquellas sentencias en las que, con carácter retroactivo, pudiera aplicarse la nueva reforma del Código Penal a los condenados.
Vizcaya y Zaragoza
También se han reunido los magistrados de las tres secciones penales de la Audiencia Provincial de Vizcaya, bajo la presidencia de Reyes Goenaga, y han acordado revisar de oficio todas las condenas de agresores sexuales en base a la nueva ley.
Eso sí, con la excepción de los casos en los que los penados hayan obtenido la suspensión de la condena y no se encuentren en prisión. Las revisiones se harán caso por caso, se solicitará la opinión de todas las partes implicadas, y se evitará a las víctimas no personadas "trámites inútiles que les puedan perjudicar".
El pasado 22 de noviembre, un día después de que la FGE fijara su criterio, el presidente de la Audiencia Provincial de Zaragoza, Alfonso Ballestín, indicó que tras reunirse con el resto de magistrados para fijar posición, se decantaban por aplicar la norma más favorable al penado en atención al artículo 2 del Código Penal.
Así, explicaba que cuando se haya impuesto la pena máxima "habría que poner la máxima de la actual reforma y rebajar la parte correspondiente". En cuanto a las mínimas, dijo: "Si ahora es inferior, aplicaremos la norma actual porque consideramos que es más favorable al reo que la anterior".
Málaga, Córdoba y Granada
Las cinco secciones penales de la Audiencia de Málaga también han informado de que comienzan a analizar de oficio sentencias para ver si procede o no realizar una revisión tras la ley del 'solo sí es sí'. Advierten de que se hará estudiando "caso por caso".
La presidenta de esa audiencia, Lourdes García Ortiz, ha explicado a los periodistas que lo primero que se hará es analizar las causas en ejecución de penados que están cumpliendo su condena "para ver si es susceptible de ser revisada o no con respecto a esta ley que en algunos aspectos ha bajado la pena".
De la misma forma, los magistrados de las dos Secciones Penales de la Audiencia Provincial de Granada han acordado revisar de oficio las sentencias firmes de condenados por delitos sexuales para, al igual que señalan otras audiencias, aplicar en estos casos "la disposición que sea más favorable al reo".
Asimismo, la Audiencia Provincial de Córdoba, según trascendió el miércoles, revisará de oficio las sentencias por delitos contra la libertad sexual que pueden ser modificadas por la aplicación con carácter retroactivo de la pena más favorable para reo.
Por su parte, la Audiencia Provincial de Almería reunirá a los magistrados de la Sección Segunda y Tercera el próximo lunes en un plenillo sectorial penal con el objetivo de unificar criterio.
La Rioja y Las Palmas
Frente a estas decisiones, la Audiencia Provincial de La Rioja anunció que se acogía a la disposición transitoria del Código Penal para no modificar ninguna de las 54 sentencias que ya han revisado tras la nueva Ley de Garantía de la Libertad Sexual.
El presidente del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, Javier Marca, explicó en una entrevista en Onda Cero, recogida por Europa Press, que si bien han revisado de oficio las sentencias por delitos contra la libertad sexual susceptibles de ser modificadas por la nueva ley, hasta ahora, no han modificado ninguna de las penas porque en ninguno de los casos el Ministerio Fiscal ha informado favorablemente.
Esta decisión, según explicó, se toma porque en todos los casos la pena que se había impuesto es "perfectamente imponible" conforme a la nueva legislación.
Por su parte, la junta sectorial de magistrados de las secciones penales de la Audiencia Provincial de Las Palmas, ha determinado que solo se revisarán de oficio las condenas firmes por delitos sexuales cuando se detecte que la pena impuesta es mayor que las contempladas en la nueva norma. Así, va en línea con la FGE.