Cuando la acción de responsabilidad se ejercita única y exclusivamente contra personas jurídicas privadas (concesionaria y/o aseguradora) su conocimiento viene atribuido al Orden Jurisdiccional Civil.
Crítica a una reciente doctrina jurisprudencial inadmitiendo la caducidad en el procedimiento administrativo de ejecución de sentencias en el ámbito del Derecho de la competencia