Migraciones
En materia de migraciones, se traspone la Directiva (UE) 2021/1883, de Tarjeta azul, que tiene como objetivo propiciar la incorporación al mercado laboral español de perfiles laborales altamente cualificados provenientes del exterior.
La nueva regulación simplifica y unifica la regulación para la entrada de profesionales de alta cualificación, creando un solo régimen con dos modalidades -europea y nacional- complementarias, y no alternativas como hasta ahora, dando así mayor seguridad jurídica. En este sentido, también reduce las cargas administrativas con medidas como ampliar la duración de las autorizaciones desde los dos años actuales a tres años prorrogables hasta cinco. Además, se instituye un sistema de ventanilla única por el que todas las solicitudes se examinarán por la Unidad de Grandes Empresas, y el silencio administrativo se considerará positivo.
Además, la nueva regulación elimina requisitos de tamaño y volumen de facturación de las empresas en el esquema nacional, favoreciendo a las PYMEs; flexibiliza los umbrales salariales para la concesión de la autorización a estos profesionales; se instituye un régimen de agrupamiento familiar por el que los titulares pueden venir acompañados de sus familiares y éstos pueden trabajar desde el momento que tienen la autorización de residencia sin limitación ni geográfica ni sectorial y se facilita la incorporación de profesionales de sectores tecnológicos al requerirles tres años de experiencia y no los cinco que se exigen con carácter general.
Accesibilidad a determinados productos y servicios para personas con discapacidad
La aprobación del anteproyecto de Ley en materia de requisitos de accesibilidad de determinados productos y servicios establece unos nuevos requisitos mínimos de accesibilidad en toda la UE para una serie de productos y servicios que blinde el derecho de las personas con discapacidad a acceder a los bienes y servicios disponibles en el mercado interior de la UE.
Este anteproyecto de Ley recoge la transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva (UE) 2019/882 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, conocida como Acta Europea de Accesibilidad.
Serán accesibles productos tales como las máquinas de facturación, los terminales de autoservicio interactivos que faciliten información, los terminales de gestión de turno o los lectores electrónicos. Asimismo, entre otros servicios, serán accesibles las aplicaciones de los servicios de transporte de viajeros, sus terminales de servicio interactivos (situados en estaciones de tren, aeropuertos, puertos, etc.), los libros electrónicos y los servicios de comercio electrónico.
Además, el teléfono de emergencia 112 será accesible en toda la Unión Europea. Actualmente, las personas con discapacidad, y particularmente las personas sordas, experimentan dificultades en el uso y acceso a los servicios de emergencia a través del 112. En este sentido, en ningún caso será necesario un registro o procedimiento previo para que las personas con discapacidad obtengan respuesta a las comunicaciones con el número único europeo de emergencia 112.
Se hace necesario establecer una regulación homogénea para aproximar, en el menor plazo posible, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en lo relativo a los requisitos de accesibilidad de determinados productos y servicios.