JUSTICIA

El TSJ de Cantabria anula el PGOU de Laredo por falta de un informe

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Cantabria ha anulado el Plan General de Ordenación Urbana de Laredo al comprobar que su aprobación, en julio del año pasado, no contó con un informe vinculante exigido por la Ley General de Telecomunicaciones.

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El tribunal estima así el recurso contencioso-administrativo presentado por la compañía Vodafone contra el PGOU, que entendió que el Ayuntamiento de Laredo incumplía el procedimiento legalmente establecido, según ha informado el CGPJ.

En una sentencia notificada recientemente, la Sala recuerda que la Ley es de mayo de 2014 y el PGOU de julio de 2015, por lo que la nueva norma ya estaba vigente.

Añade el tribunal que los dos informes sectoriales de telecomunicaciones solicitados a lo largo de la tramitación del instrumento urbanístico fueron emitidos en abril de 2003 y marzo de 2006, y que, por ello, no son “un informe preceptivo, previo y vinculante como el que prevé la Ley nueva de 2014”.

Insiste en este punto la Sala al señalar que “no son vinculantes, no se ajustan al contenido de la nueva ley, no son preceptivos y no se han realizado con posterioridad” a esta norma. “De hecho –añade el tribunal-, ni siquiera se acredita que fueran emitidos para la versión final del PGOU, que es la estamos examinando”.

Finalmente, justifica la Sala que este incumplimiento tenga como consecuencia la anulación de la totalidad del plan.

“La labor de recabar el informe sectorial de telecomunicaciones se configura como un deber; tal precepto califica el informe de previo, preceptivo y vinculante, y dice que si no se recaba, como es nuestro caso, el plan no se puede aprobar”, señala la sentencia.

Por tanto, “si las consecuencias de la infracción del deber legalmente configurado en el artículo 35 de la Ley 9/2014 son las de no poder aprobar el PGOU, el mismo debe ser considerado nulo de pleno derecho en su totalidad”, concluye.