Desde el punto de vista de la fiscalidad, y en línea con esta trascendencia, la legislación española contempla uno de los incentivos a la I+D+i más potentes de la Unión Europea, en forma de deducción en el Impuesto de Sociedades de los gastos por las actividades que califiquen como I+D o bien como IT.
El informe se basa en una encuesta a un centenar de empresas acerca de la organización de la I+D+i, la gestión del conocimiento adquirido a través de ellas o el uso de los incentivos fiscales disponibles.
La encuesta analiza y pone de manifiesto la iniciativa de las empresas españolas de emprender proyectos de innovación, que a su vez calificarán como de I+D+i desde el punto de vista fiscal a efectos de aprovechamiento del incentivo, que para estas actividades se recoge en el art. 35 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS).
Fuente de la información: InformeTICfacil.com