Presentó el seminario Soledad Atienza, directora del Grado en Derecho del IE. Actuaron como ponentes Teresa Vázquez, magistrada titular del Juzgado de lo Mercantil nº 9 de Madrid; Francisco León, catedrático de la Universidad de Huelva y Of counsel del área de Corporate de Pérez-Llorca y Javier García Marrero, magistrado en excedencia y counsel del área de Litigación y Arbitraje de Pérez-Llorca.
Teresa Vázquez centró su intervención en las numerosas reformas que se han introducido en materia de convenio. Dichas reformas incluyen tanto la modificación de los sujetos con derecho a voto en la junta de acreedores, como en el cómputo del quórum y de las mayorías necesarias para su aprobación (incluyendo el arrastre a los acreedores privilegiados silentes y disidentes). Asimismo, se amplía el posible contenido del convenio, se admite la posibilidad de mantener la propuesta de convenio anticipado ya presentada previamente y el deudor puede mantener su propuesta que no fue aprobada anticipadamente, o presentar una nueva.
Por su parte, la intervención de Francisco León se centró en las modificaciones operadas en relación con la fase de liquidación, y muy en particular con la novedosa regulación de la transmisión de unidades productivas. En su intervención, Francisco León destacó la trascendencia de la reforma de 2014 en relación con la concepción inicial de la Ley Concursal de 2003 para lograr el objetivo de resolver las situaciones de crisis de manera que se mantenga, en la medida de lo posible, la actividad empresarial. Observó asimismo cómo las modificaciones que se han introducido a lo largo de 2015 han tratado de aclarar, completar y mejorar algunas cuestiones concretas que suscitaban los textos de los Reales Decretos Leyes aprobados en 2014. Con independencia de la labor de depuración realizada por el legislador, señaló la necesidad de llevar a cabo una reflexión más profunda, una vez superada la crisis, sobre la forma más adecuada de regular los concursos.
Finalmente, Javier García Marrero comentó brevemente las modificaciones en materia de calificación, centradas sobre todo en la aclaración de la naturaleza resarcitoria de la calificación concursal. También se refirió a la modificación de la regulación sobre la resistencia al concurso de la prenda de créditos futuros y al régimen especial establecido para las prendas sobre las compensaciones derivadas de las resoluciones de ciertos contratos públicos.
La jornada contó con numerosos representantes del mundo empresarial y jurídico español.